BOE-A-2024-25523 · Publicada en el BOE el 6 de diciembre de 2024 · En vigor desde el 6 de diciembre de 2024
Pleno. Sentencia 140/2024, de 6 de noviembre de 2024. Cuestión de inconstitucionalidad 6694-2023. Planteada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en relación con el artículo 48, apartados 4, 5 y 6, del texto refundido de la Ley del estatuto de los trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, en conexión con el artículo 177 del texto refundido de la Ley general de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre. Principios de igualdad y no discriminación por razón de sexo y de protección de la familia y de los hijos; régimen de Seguridad Social: inconstitucionalidad de la regulación legal de los permisos por nacimiento y cuidado de menor que omite la posibilidad de que las madres biológicas de familias monoparentales, trabajadoras por cuenta ajena, puedan ampliar su permiso por nacimiento disfrutando del permiso que correspondería al otro progenitor, caso de existir. Votos particulares.
Cambia 1 artículo de la Ley General de la Seguridad Social.
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Artículo 177
Modificado+57 −175 palabrasArtículo 177. Situaciones protegidas. A efectos de la prestación por nacimiento y cuidado de menor prevista en esta sección, se consideran situaciones protegidas el nacimiento, la adopción, la guarda con fines de adopción y el acogimiento familiar, de conformidad con el Código Civil o las leyes civiles de las comunidades autónomas que lo regulen, durante los períodos de descanso que por tales situaciones se disfruten, de acuerdo con lo previsto en los apartados 4, 5 y 6 del artículo 48 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el artículo 49.a), b) y c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
"Téngase en cuenta queesta actualización, establecidasepordeclaraellaart.inconstitucionalidad4.3dedelesteRealartículo,Decreto-leyque6/2019,nodelleva1aparejadadelamarzonulidad,enconlaelredacciónalcancedadaseñaladoporenlaeldisposiciónfundamentofinaljurídico147,deporlaSentenciaLeydelOrgánicaTC1140/20232024, de286 defebrero,noviembre. Ref. BOE-A-2023-5364#df2024-14, entra en vigor el día 1 de junio de 2023, según establece la disposición final 17 de la citada Ley Orgánica. Redacción anterior:25523"A efectosSededeclara laprestación por nacimiento y cuidado de menor prevista en esta seccióninconstitucionalidad,se consideran situaciones protegidas elquenacimiento,nolallevaadopción,aparejada laguarda con fines de adopción y el acogimiento familiarnulidad,de conformidadcon elCódigo Civil o las leyes civiles de las comunidades autónomas que lo regulen, siemprealcanceque,señalado eneste último caso, su duración no sea inferiorelafundamentounjurídicoaño7,durante los períodos de descanso queportalesSentenciasituacionesdelseTCdisfruten140/2024, deacuerdo con lo previsto en los apartados 4, 5 y6del artículo 48 del texto refundidodela Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el artículo 49noviembre.a),b) y c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado PúblicoRef."BOE-A-2024-25523 Se modifica por el art. 4.3 del Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, en la redacción dada por la disposición final 14 de la Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero. Ref. BOE-A-2023-5364#df-14 Esta modificación entra en vigor el día 1 de junio de 2023, según establece la disposición final 17 de la citada Ley Orgánica. Se modifica por el art. 4.3 del Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo. Ref. BOE-A-2019-3244#a4 Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 36, de 11 de febrero de 2016. Ref. BOE-A-2016-1320.
Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, legislación consolidada (datos abiertos).