Reformas de la Ley General de la Seguridad Social

BOE-A-2021-16477 · Publicada en el BOE el 12 de octubre de 2021 · En vigor desde el 13 de octubre de 2021

Ley 14/2021, de 11 de octubre, por la que se modifica el Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-2019.

Cambia 1 artículo de la Ley General de la Seguridad Social.

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  1. Disposición adicional trigésima octava

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    Disposición adicional trigésima octava. Gastos de manutención y gastos y pluses de distancia por desplazamiento de los músicos. En la base de cotización al Régimen General de la Seguridad Social de los músicos sujetos a la relación laboral especial de los artistas en espectáculos públicos, regulada por el Real Decreto 1435/1985, de 1 de agosto, cuando se desplacen a realizar actuaciones mediante contratos de menos de cinco días, se computarán los gastos de manutención y los gastos y pluses de distancia por el desplazamiento de aquellos desde su domicilio a la localidad donde se celebre el espectáculo, en los mismos términos y condiciones establecidas para los conceptos regulados en los párrafos a) y b) del artículo 147.2 de esta ley. Se añade, en la redacción dada a la disposición final 12 del Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo. Ref. BOE-A-2020-4832#df-12, por el art. 11.11 de la Ley 14/2021, de 11 de octubre. Ref. BOE-A-2021-16477#ad-2

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, legislación consolidada (datos abiertos).