BOE-A-1988-28027 · Publicada en el BOE el 7 de diciembre de 1988 · En vigor desde el 27 de diciembre de 1988
Ley 36/1988, de 5 de diciembre, de Arbitraje.
Cambia 3 artículos del Código Civil.
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Art 1820
Modificado+26 −14 palabrasArtículo 1820.
Las(Sinmismascontenido) Sepersonasdejaquesinpuedencontenidotransigirporpuedenelcomprometerapartadoen3undetercerola disposición derogatoria de ladecisiónLey 36/1988, desus5contiendasde diciembre. Ref. BOE-A-1988-28027. Téngase en cuenta que se regulan los arbitrajes de Derecho Privado por la Ley de 22 de diciembre de 1953. Ref. BOE-A-1953-16398.Art 1821
Modificado+25 −38 palabrasArtículo 1821.
Lo dispuesto en el capítulo anterior sobre transacciones es aplicable a los(Sincompromisos.contenido)En cuanto alSemododejadesinprocedercontenidoenporloselcompromisosapartadoy3ade laextensión ydisposiciónefectosderogatoria deéstos, se estará a lolaqueLeydetermina36/1988,ladeLey5 deEnjuiciamientodiciembre.CivilRef. BOE-A-1988-28027. Téngase en cuenta que se regulan los arbitrajes de Derecho Privado por la Ley de 22 de diciembre de 1953. Ref. BOE-A-1953-16398.CAPÍTULO II
Modificado+26 −0 palabrasCAPÍTULO II De los compromisos Se deja sin contenido por el apartado 3 de la disposición derogatoria de la Ley 36/1988, de 5 de diciembre. Ref. BOE-A-1988-28027.
Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, legislación consolidada (datos abiertos).