Reformas del Código Civil

BOE-A-2002-13758 · Publicada en el BOE el 12 de julio de 2002 · En vigor desde el 12 de octubre de 2002

Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.

Cambia 1 artículo del Código Civil.

Comparación automática del texto consolidado publicado por el BOE. No tiene valor oficial: la única versión auténtica es la del Boletín Oficial del Estado. En rojo y tachado, lo que se quita; en verde, lo que se añade.

  1. Art 1262

    Modificado+69 −12 palabras

    Artículo 1262. El consentimiento se manifiesta por el concurso de la oferta y de la aceptación sobre la cosa y la causa que han de constituir el contrato. La aceptación hecha porHallándose cartaen nolugares obligadistintos alel que hizo la oferta y el que la aceptó, sinohay consentimiento desde que llegóel oferente conoce la aceptación o desde que, habiéndosela remitido el aceptante, no pueda ignorarla sin faltar a sula conocimientobuena fe. El contrato, en tal caso, se presume celebrado en el lugar en que se hizo la oferta. En los contratos celebrados mediante dispositivos automáticos hay consentimiento desde que se manifiesta la aceptación. Se modifica por la disposición adicional 4.1 de la Ley 34/2002, de 11 de julio. Ref. BOE-A-2002-13758.

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, legislación consolidada (datos abiertos).