Reformas del Código Civil

BOE-A-1983-28123 · Publicada en el BOE el 26 de octubre de 1983 · En vigor desde el 15 de noviembre de 1983

Ley 13/1983, de 24 de octubre, de Reforma del Código Civil en materia de tutela.

Cambia 134 artículos del Código Civil.

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  1. Art 32

    Modificado+21 −55 palabras

    Artículo 32. La personalidad civil se extingue por la muerte de las personas. La menor edad, la demencia o imbecilidad, la sordomudez, la prodigalidad y la interdicción civil no sonSe mássuprime queel restriccionespárrafo desegundo lapor personalidadel jurídicaart. Los que se hallaren en alguno de esos estados son susceptibles de derechos y aun2.1 de obligaciones cuandola éstasLey nacen13/1983, de los hechos o24 de relaciones entre los bienes del incapacitado yoctubre. unRef. terceroBOE-A-1983-28123.

  2. Art 171

    Modificado+26 −18 palabras

    Artículo 171. La patria potestad sobre los hijos que hubierenhubieran sido incapacitados por deficiencias o anomalías psíquicas o por sordomudez, quedará prorrogada, por ministerio de la Ley, al llegar aquéllos a la mayor edad. Si el hijo mayor de edad soltero que viviere en compañía de sus padres o de cualquiera de ellos fuere incapacitado por alguna de las causas indicadas, no se constituirá la tutela, sino que se rehabilitará la patria potestad, que será ejercida por quien correspondiere si el hijo fuesefuera menor de edad. La patria potestad prorrogada en cualquiera de estas dos formas se ejercerá con sujeción a lo especialmente dispuesto en la resolución de incapacitación y, subsidiariamente, aen las reglas del presente título. La patria potestad prorrogada terminará: 1.° Por la muerte o declaración de fallecimiento de ambos padres o del hijo. 2.° Por la adopción del hijo. 3.° Por haberse declarado la cesación de la incapacidad. 4.° Por haber contraído matrimonio el incapacitado. Si al cesar la patria potestad prorrogada subsistiere el estado de incapacitación, se constituirá la tutela. Se modifica el párrafo primero por el art. 4 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123. Se modifica por el art. 2 de la Ley 11/1981, de 13 de mayo. Ref. BOE-A-1981-11198.

  3. Art 176

    Modificado+125 −1 palabras

    Artículo 176. (Suprimido)Corresponden al hijo adoptivo los mismos derechos y obligaciones que a los hijos por naturaleza. La adopción causa parentesco entre el adoptante, el adoptado, sus descendientes y la familia del adoptante. La adopción confiere al adoptante la patria potestad sobre el adoptado menor de edad. Cuando un cónyuge adopte al hijo de otro la patria potestad se atribuirá a ambos. Extinguida la patria potestad del adoptante o adoptantes se aplicarán en su caso las normas de la tutela, excluyendo de los llamamientos legales a los parientes por naturaleza. Se redacta conforme al texto del mismo que fue aprobado por la Ley 11/1981, de 13 de mayo, por el art. 5 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123. Se suprime por el art. 2 de la Ley 30/1981, de 7 de julio. Ref. BOE-A-1981-16216. Se modifica por el art. 4 de la Ley 11/1981, de 13 de mayo. Ref. BOE-A-1981-11198. Se modifica por el art. único de la Ley 7/1970, de 4 de julio. Ref. BOE-A-1970-735. Se modifica por el art. 1 de la Ley de 24 de abril de 1958. Ref. BOE-A-1958-6677.

  4. Art 199

    Modificado+36 −32 palabras

    Artículo 199. ElNadie objetopuede deser ladeclarado tutelaincapaz essino lapor guardasentencia dejudicial laen personavirtud yde bienes,las ocausas solamenteestablecidas deen losla bienes,Ley. Se demodifica lospor que,el noart. estando1 bajode la patriaLey potestad13/1983, sonde incapaces24 de gobernarse poroctubre. síRef. mismosBOE-A-1983-28123.

  5. Art 200

    Modificado+38 −49 palabras

    Artículo 200. Están sujetos a tutela: 1.º LosSon menorescausas de edad no emancipados legalmente. 2.ºincapacitación Loslas locosenfermedades o dementes, aunquedeficiencias tenganpersistentes intervalosde lúcidos,carácter yfísico loso sordomudospsíquico que no sepan leerimpidan ya escribir. 3.ºla Lospersona quegobernarse por sentenciasí firmemisma. Se hubiesenmodifica sidopor declaradosel pródigos. 4art.º Los1 quede estuviesenla sufriendoLey la13/1983, penade 24 de interdicciónoctubre. civilRef. BOE-A-1983-28123.

  6. Art 201

    Modificado+45 −15 palabras

    Artículo 201. LaLos tutelamenores de edad podrán ser incapacitados cuando concurra en ellos causa de incapacitación y se ejerceráprevea porrazonablemente unque solola tutormisma bajopersistirá después de la vigilanciamayoría delde protutoredad. Se ymodifica delpor consejoel art. 1 de familiala Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  7. Art 202

    Modificado+39 −15 palabras

    Artículo 202. LosCorresponde cargospromover dela tutordeclaración al cónyuge o descendientes y, protutoren nodefecto sonde renunciableséstos, sinoa enlos virtudascendientes o hermanos del presunto incapaz. Se modifica por el art. 1 de causala legítimaLey debidamente13/1983, justificadade 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  8. Art 203

    Modificado+102 −48 palabras

    Artículo 203. LosEl JuecesMinisterio municipalesFiscal deldeberá lugarpromover enla quedeclaración residansi las personas sujetasmencionadas aen tutelael proveeránartículo alanterior cuidadono deexisten éstaso no lo hubieran solicitado. A este fin, las autoridades y funcionarios públicos que, por razón de sus bienescargos, mueblesconocieran hastala elexistencia nombramientode posible causa de tutorincapacitación en una persona, cuandodeberán porponerlo laen leyconocimiento nodel hubieseMinisterio otrasFiscal. El encargadasJuez competente, en los mismos casos, adoptará de estaoficio obligación. Silas nomedidas que estime necesarias, y pondrá el hecho en conocimiento del Ministerio Fiscal, quien deberá solicitar del Juez lo hicierenque proceda, serándentro responsablesdel plazo de losquince dañosdías. Se quemodifica por estael causaart. sobrevengan1 ade losla menoresLey o13/1983, incapacitadosde 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  9. Art 204

    Modificado+37 −17 palabras

    Artículo 204. LaCualquier tutelapersona seestá defiere: 1.ºfacultada Porpara testamento. 2.ºponer Poren conocimiento del Ministerio Fiscal los hechos que puedan ser determinantes de la leyincapacitación. 3.ºSe Pormodifica por el consejoart. 1 de familiala Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  10. Art 205

    Modificado+39 −18 palabras

    Artículo 205. ElLa tutorincapacitación node entrarálos menores prevista en el desempeñoartículo de201, sussólo funcionespodrá sinser quesolicitada supor nombramientoquienes hayaejerzan sidola inscritopatria enpotestad o la tutela. Se modifica por el Registroart. 1 de tutelasla Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  11. Art 206

    Modificado+41 −44 palabras

    Artículo 206. TantoEn ellos padreprocesos comosobre laincapacitación madreserá puedensiempre nombrarnecesaria tutorla yintervención protutordel paraMinisterio susFiscal, hijosaunque menoresno yhaya parasido lospromotor mayoresde incapacitadoslos mismos. En todo caso será preciso que la persona aSe quienmodifica sepor nombreel tutorart. o1 protutorde nola seLey halle13/1983, sometidade a24 lade potestadoctubre. deRef. otraBOE-A-1983-28123. Se modifica por el art. 4 de la Ley 11/1981, de 13 de mayo. Ref. BOE-A-1981-11198. Se modifica por el art. 1 de la Ley de 24 de abril de 1958. Ref. BOE-A-1958-6677.

  12. Art 207

    Modificado+61 −33 palabras

    Artículo 207. TambiénSi puedeel nombrarMinisterio tutorFiscal hubiere promovido el procedimiento, el Juez designará un defensor al presunto incapaz a no ser que ya estuviere nombrado. En los menoresdemás ocasos incapacitadosserá defensor el queMinisterio lesPúblico. El dejepresunto herenciaincapaz opuede legadocomparecer deen importancia.el Elproceso nombramiento,con sinsu embargo,propia nodefensa surtiráy efectorepresentación. Se hastamodifica quepor el consejoart. 1 de familiala hayaLey resuelto13/1983, aceptarde la24 herenciade ooctubre. legadoRef. BOE-A-1983-28123.

  13. Art 208

    Modificado+59 −57 palabras

    Artículo 208. TantoEl elJuez padreoirá comoa lalos madreparientes puedenmás nombrarpróximos undel tutorpresunto paraincapaz, cadaexaminará unoa deéste suspor hijos,sí ymismo, haceroirá diversosel nombramientosdictamen ade finun defacultativo quey, sesin sustituyanperjuicio unosde alas otrospruebas lospracticadas nombrados. Ena casoinstancia de dudaparte, se entenderápodrá nombradodecretar, unde solooficio, tutorcuantas paraestime todospertinentes. Se losmodifica hijos,por yel seart. discernirá1 elde cargola alLey primero13/1983, de los que24 figurende enoctubre. elRef. nombramientoBOE-A-1983-28123.

  14. Art 209

    Modificado+45 −83 palabras

    Artículo 209. Si por diferentes personas se hubiereEl nombradoJuez tutoren paracualquier unestado mismodel menorprocedimiento, sepodrá, discerniráa elinstancia cargo: Primero.de Alparte designadoo porde aqueloficio, deadoptar loslas padresmedidas que hubiereestime ejercidonecesarias últimamentepara la patria potestad. Segundo. Al nombrado por el extraño que hubiese instituido herederoadecuada alprotección menordel opresunto incapaz si fuere de importancia la cuantíao de lasu herenciapatrimonio. Tercero. AlSe quemodifica designarepor el que deje manda de importanciaart. Si hubiere más de un tutor en cualquiera1 de los casos segundo y tercero dela esteLey artículo13/1983, el Consejo de Familia declarará24 quiénde debeoctubre. serRef. preferidoBOE-A-1983-28123. Se modifica por el art. 1 de la Ley de 24 de abril de 1958. Ref. BOE-A-1958-6677.

  15. Art 210

    Modificado+48 −58 palabras

    Artículo 210. Si hallándose en ejercicio un tutor apareciere el nombrado porLa elsentencia padre,que sedeclare lela transferiráincapacitación inmediatamentedeterminará la tutela.extensión Siy ellos tutorlímites quede nuevamenteésta, apareciereasí fuesecomo el nombrado por un extrañorégimen comprendidode entutela loso númerosguarda 2.ºa yque 3.ºhaya delde artículoquedar anterior,sometido seel limitaráincapacitado. Se amodifica administrarpor losel bienesart. del1 quede lola hayaLey nombrado13/1983, mientras node vaque24 lade tutelaoctubre. enRef. ejercicioBOE-A-1983-28123.

  16. Art 211

    Modificado+153 −27 palabras

    Artículo 211. LaEl tutelainternamiento legítimade un presunto incapaz requerirá la previa autorización judicial, salvo que, razones de losurgencia menoreshiciesen nonecesaria emancipadosla correspondeinmediata únicamente: 1adopción de tal medida, de la que se dará cuenta cuanto antes al Juez, y, en todo caso, dentro del plazo de veinticuatro horas.° El AlJuez, abuelotras examinar a la persona y oír el dictamen de menosun edadfacultativo por él designado, concederá o denegará la autorización y pondrá los hechos en conocimiento del Ministerio Fiscal, a los efectos prevenidos en el artículo 203. 2Sin perjuicio de lo previsto en el artículo 269.°4º, Alel mayorJuez, de losoficio, hermanosrecabará queinformación convivasobre ola hayanecesidad convividode conproseguir el sujetointernamiento, cuando lo crea pertinente, y, en todo caso, cada seis meses, en forma igual a tutelala prevista en el párrafo anterior, y acordará lo procedente sobre la continuación o no de internamiento. Se modifica por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123. Se modifica por el art. 4 de la Ley 11/1981, de 13 de mayo. Ref. BOE-A-1981-11198. Se modifica por el art. 1 de la Ley de 24 de abril de 1958. Ref. BOE-A-1958-6677.

  17. Art 212

    Modificado+53 −32 palabras

    Artículo 212. LosLa jefessentencia derecaída lasen casasun procedimiento de expósitosincapacitación sonno losimpedirá tutoresque, desobrevenidas losnuevas recogidoscircunstancias, ypueda educadosinstarse enjudicialmente ellas.una Lanueva representacióndeclaración enque juiciotenga por objeto dejar sin efecto o modificar el alcance de aquellosla funcionarios,incapacitación enya suestablecida. Se calidadmodifica por el art. 1 de tutoresla Ley 13/1983, estaráde a24 cargode deloctubre. MinisterioRef. FiscalBOE-A-1983-28123.

  18. Art 213

    Modificado+60 −24 palabras

    Artículo 213. NoCorresponde seformular puedela nombrarpetición tutorpara iniciar el procedimiento a losque locosse refiere el artículo anterior, dementesa ylas sordomudospersonas mayoresmencionadas deen edadel artículo 202, sina las que precedaejercieren lacargo declaracióntutelar o tuvieran bajo su guarda al incapacitado, al Ministerio Fiscal y al propio incapacitado. Se modifica por el art. 1 de quela sonLey incapaces13/1983, parade administrar24 susde bienesoctubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  19. Art 214

    Modificado+44 −17 palabras

    Artículo 214. PuedenLas solicitarresoluciones estajudiciales declaraciónsobre incapacitación se anotarán o inscribirán en el cónyugeRegistro yCivil, lossin parientesperjuicio de lo dispuesto en la legislación hipotecaria y del presuntoRegistro incapazMercantil. Se quemodifica tenganpor derechoel aart. sucederle1 abde intestatola Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  20. Art 215

    Modificado+53 −79 palabras

    Artículo 215. El Ministerio Público deberá pedirla: 1.º Cuando se trate de dementes furiosos. 2.º CuandoLa noguarda existay ningunaprotección de las personas mencionadas enla elpersona artículoy precedente,bienes o cuando no hicieren usosolamente de la facultad que les concede. 3.º Cuando elpersona cónyugeo yde los herederos del presuntobienes incapazde seanlos menores o carezcan de la personalidad necesariaincapacitados parase comparecerrealizará, en juicio. Enlos todoscasos estosque casosproceda, losmediante: 1. TribunalesLa nombrarántutela. 2. defensorLa alcuratela. 3. presuntoEl incapazdefensor quejudicial. Se nomodifica quierapor oel noart. pueda1 defenderse.de Enla losLey demás13/1983, seráde defensor24 elde Ministeriooctubre. PúblicoRef. BOE-A-1983-28123.

  21. Art 216

    Modificado+39 −19 palabras

    Artículo 216. AntesLas defunciones declarartutelares laconstituyen incapacidadun deber, losse Tribunalesejercerán oiránen albeneficio consejodel tutelado y estarán bajo la salvaguarda de familiala yautoridad examinaránjudicial. Se modifica por síel mismosart. al1 denunciadode comola incapazLey 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  22. Art 217

    Modificado+31 −29 palabras

    Artículo 217. Los parientes queSólo hubiesense solicitadoadmitirá la declaraciónexcusa de incapacidad nolos podráncargos informartutelares aen los Tribunalessupuestos comolegalmente miembrosprevistos. Se delmodifica consejopor deel familia;art. pero1 tienende derechola aLey ser13/1983, oídosde por24 éstede cuandooctubre. loRef. solicitenBOE-A-1983-28123.

  23. Art 218

    Modificado+47 −23 palabras

    Artículo 218. LaLas declaraciónresoluciones judiciales sobre los cargos tutelares y de incapacidadcuratela deberáhabrán hacersede sumariamenteinscribirse en el Registro Civil. Dichas Laresoluciones queno seserán refieraoponibles a sordomudosterceros fijarámientras lano extensiónse yhayan límitespracticado delas laoportunas tutelainscripciones. Se segúnmodifica por el gradoart. 1 de incapacidadla Ley 13/1983, de aquéllos24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  24. Art 219

    Modificado+50 −30 palabras

    Artículo 219. ContraLa losinscripción autosde las resoluciones a que ponganse términorefiere alel expedienteartículo anterior, se practicará en virtud de incapacidad,la podráncomunicación losque interesadosla deducirautoridad demandajudicial endeberá juicioremitir ordinariosin dilación al Encargado del Registro Civil. Se Elmodifica defensorpor deel losart. incapacitados1 necesitará,de sinla embargoLey 13/1983, autorizaciónde especial24 delde consejooctubre. deRef. familiaBOE-A-1983-28123.

  25. Art 220

    Modificado+55 −79 palabras

    Artículo 220. La tutela de los locos y sordomudos corresponde: 1.° Al cónyugepersona noque separadoen legalmenteel oejercicio de hecho. 2.° Al padre y a la madre, con preferenciauna delfunción quetutelar ambossufra acuerdendaños y en otro casoperjuicios, alsin queculpa señalepor elsu Juezparte, que tendrá en cuenta el interés del incapacitadoderecho ya la relación afectivaindemnización delde mismoéstos con cada uno decargo susa progenitores. 3.°los Abienes losdel hijostutelado, con preferenciade delno quepoder convivaobtener conpor elotro incapacitadomedio ysu delresarcimiento. Se mayormodifica sobrepor el menor. 4art.° A1 lasde personasla señaladasLey en13/1983, elde artículo24 211de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123. Se modifica por el art. 4 de la Ley 11/1981, de 13 de mayo. Ref. BOE-A-1981-11198. Se modifica por el art. 1 de la Ley de 24 de abril de 1958. Ref. BOE-A-1958-6677.

  26. Art 221

    Modificado+75 −38 palabras

    Artículo 221. La declaraciónSe deprohíbe prodigalidada debequien hacersedesempeñe enalgún juiciocargo contradictorio.tutelar: La sentencia1. determinaráRecibir losliberalidades actosdel quetutelado quedano prohibidosde alsus incapacitadocausahabientes, las facultadesmientras que no se haya deaprobado ejercerdefinitivamente elsu tutorgestión. 2. Representar al tutelado cuando en suel mismo acto intervenga en nombre, propio o de un tercero y losexistiera casosconflicto ende queintereses. 3. Adquirir por unotítulo oneroso bienes del tutelado o transmitirle por otrosu habráparte debienes serpor consultadoigual título. Se modifica por el consejoart. 1 de familiala Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  27. Art 222

    Modificado+58 −38 palabras

    Artículo 222. SóloEstarán puedensujetos pedira latutela: 1. declaraciónLos demenores no emancipados que hablano elestén artículobajo anteriorpatria elpotestad. 2. cónyugeLos yincapacitados, loscuando herederosla forzosossentencia dello pródigo,haya yestablecido. 3. porLos excepciónsujetos a la patria potestad prorrogada, elal Ministeriocesar Fiscalésta, porsalvo síque oproceda ala instanciacuratela. Se demodifica algúnpor parienteel art. 1 de aquéllosla Ley 13/1983, cuandode sean24 menoresde ooctubre. incapacitadosRef. BOE-A-1983-28123.

  28. Art 223

    Modificado+59 −35 palabras

    Artículo 223. Cuando el demandadoLos nopadres comparecierepodrán en juiciotestamento leo representarádocumento elpúblico Ministerionotarial Fiscalnombrar ytutor, siestablecer ésteórganos fuerade parte,fiscalización unde defensorla nombradotutela, porasí elcomo Juez,designar sinlas perjuiciopersonas que hayan de lointegrarlos queu determineordenar cualquier otra disposición sobre la Leypersona o bienes de Enjuiciamientosus Civilhijos sobremenores loso procedimientosincapacitados. Se enmodifica rebeldíapor el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  29. Art 224

    Modificado+51 −29 palabras

    Artículo 224. LaLas declaracióndisposiciones dealudidas prodigalidaden noel afectaartículo aanterior losvincularán derechosal yJuez deberesal personalesconstituir derivadosla tutela, salvo que el beneficio del matrimoniomenor yo deincapacitado laexija patriaotra potestadcosa, nien atribuyecuyo alcaso tutorlo facultadhará algunamediante sobredecisión motivada. Se modifica por el art. 1 de la personaLey del13/1983, pródigode 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123. Se modifica por el art. 2 de la Ley 14/1975, de 2 de mayo. Ref. BOE-A-1975-9245.

  30. Art 225

    Modificado+62 −60 palabras

    Artículo 225. El tutor administraráCuando losexistieren bienesdisposiciones deen lostestamento hijoso quedocumento elpúblico pródigonotarial hayadel tenidopadre eny anteriorde matrimonio. Ella cónyugemadre, delse declaradoaplicarán pródigounas administrará: 1.°y Losotras bienesconjuntamente, deen loscuanto hijosfueran comunes. 2compatibles.° LosDe bienesno gananciales. 3.°serlo, Aquellosse administradosadoptarán por el pródigo queJuez, poren capitulacionesdecisión omotivada, escrituralas públicaque estuvieranconsidere especialmentemás afectadosconvenientes alpara levantamientoel detutelado. Se lasmodifica cargaspor delel matrimonioart. Para1 enajenarde estosla bienesLey necesitará13/1983, autorizaciónde judicial24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123. Se modifica el párrafo segundo por el art. 5 de la Ley 11/1981, de 13 de mayo. Ref. BOE-A-1981-11198. Se modifica por el art. 2 de la Ley 14/1975, de 2 de mayo. Ref. BOE-A-1975-9245.

  31. Art 226

    Modificado+45 −14 palabras

    Artículo 226. LosSerán actosineficaces dellas pródigodisposiciones anterioreshechas aen testamento o documento público notarial sobre la demandatutela si, en el momento de interdicciónadoptarlas, noel podrándisponente serhubiese atacadossido privado de la patria potestad. Se modifica por causael art. 1 de prodigalidadla Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  32. Art 227

    Modificado+59 −37 palabras

    Artículo 227. LaEl tutelaque disponga de losbienes pródigosa corresponde: 1.°título Algratuito padreen yfavor ade laun madremenor o incapacitado, conpodrá preferenciaestablecer dellas quereglas ambosde acuerdenadministración de los mismos y, endesignar otrola caso,persona alo personas que señalehayan elde Juez. 2ejercitarla.° AlLas abuelofunciones deno menosconferidas edadal administrador corresponden al tutor. 3Se modifica por el art.° Al1 mayorde la Ley 13/1983, de los24 hijosde emancipadosoctubre. Ref. BOE-A-1983-28123. Se modifica por el art. 4 de la Ley 11/1981, de 13 de mayo. Ref. BOE-A-1981-11198.

  33. Art 228

    Modificado+59 −48 palabras

    Artículo 228. CuandoSi seael firmeMinisterio laFiscal sentenciao enel queJuez secompetente hayatuvieren impuestoconocimiento lade penaque deexiste interdicción,en el Ministerioterritorio Fiscalde pedirásu eljurisdicción cumplimientoalguna depersona losque artículosdeba 203ser ysometida 293.a Situtela, nopedirá loel hiciere,primero seráy responsabledispondrá el segundo, incluso de losoficio, dañosla yconstitución perjuiciosde quela sobrevengantutela. TambiénSe puedenmodifica pedirlopor el cónyugeart. y1 losde herederosla abLey intestato13/1983, delde penado24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  34. Art 229

    Modificado+74 −46 palabras

    Artículo 229. Esta tutela seEstarán limitaráobligados a promover la administraciónconstitución de los bienesla ytutela, adesde lael representaciónmomento en juicioque delconocieran penado. Elel tutorhecho delque penadodé estálugar obligado,a además,ella los parientes llamados a cuidarla detutela, la persona ybajo bienescuya deguarda losse menoresencuentre el menor o incapacitadosincapacitado quey selas hallarenmencionadas bajoen lael autoridadartículo del239, sujetoy asi interdicciónno lo hicieren, hastaserán queresponsables sesolidarios lesde proveala indemnización de otrolos tutordaños y perjuicios causados. Se modifica por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123. Se modifica por el art. 4 de la Ley 11/1981, de 13 de mayo. Ref. BOE-A-1981-11198. Se modifica por el art. 2 de la Ley 14/1975, de 2 de mayo. Ref. BOE-A-1975-9245.

  35. Art 230

    Modificado+37 −14 palabras

    Artículo 230. LaCualquier tutelapersona podrá poner en conocimiento del Ministerio Fiscal o de losla queautoridad sufrenjudicial interdicciónel sehecho defieredeterminante de la tutela. Se modifica por el ordenart. establecido1 ende ella artículoLey 22013/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  36. Art 231

    Modificado+54 −29 palabras

    Artículo 231. NoEl habiendoJuez tutorconstituirá testamentariola tutela, niprevia personasaudiencia llamadasde porlos laparientes Leymás apróximos, ejercerde lalas tutelapersonas vacanteque considere oportuno, correspondey, alen consejotodo caso, del tutelado si tuviera suficiente juicio y siempre si fuera mayor de familiadoce laaños. Se elecciónmodifica por el art. 1 de tutorla enLey todos13/1983, losde casos24 delde artículooctubre. 200Ref. BOE-A-1983-28123.

  37. Art 232

    Modificado+40 −34 palabras

    Artículo 232. ElLa Jueztutela municipalse queejercerá descuidarebajo la reuniónvigilancia del consejoJuez, que actuará, de familiaoficio, ena cualquiersolicitud casodel enMinisterio queFiscal, debao proveersea deinstancia tutorde acualquier losinteresado. Se menoresmodifica opor incapacitados,el seráart. responsable1 de los dañosla yLey perjuicios13/1983, ade que24 dierede lugaroctubre. suRef. negligenciaBOE-A-1983-28123.

  38. Art 233

    Modificado+73 −20 palabras

    Artículo 233. AlEl consejoJuez depodrá familiaestablecer, correspondeen nombrarla protutorresolución por la que se constituya la tutela o en otra posterior, cuandolas nomedidas lode hayanvigilancia nombradoy loscontrol que tienenestime derechooportunas, aen elegirbeneficio del tutelado. Asimismo podrá, en cualquier momento, exigir del tutor paraque losinforme menoressobre la situación del menor o del incapacitado y del estado de la administración. Se modifica por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  39. Art 234

    Modificado+92 −31 palabras

    Artículo 234. ElPara el nombramiento de tutor nose puedepreferirá: 1. comenzarAl cónyuge que conviva con el ejerciciomenor deo incapacitado. 2. A los padres. 3. A la tutelapersona sino quepersonas hayadesignadas sidopor nombradoéstos elen protutorsus disposiciones de última voluntad. 4. ElAl descendiente, ascendiente o hermano que dejaredesigne deel reclamarJuez. Excepcionalmente, esteel nombramientoJuez, seráen removidoresolución demotivada, lapodrá tutelaalterar yel responderáorden del párrafo anterior o prescindir de lostodas dañoslas quepersonas sufraen él mencionadas, si el beneficio del menor o del incapacitado así lo exigiere. Se modifica por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  40. Art 235

    Modificado+46 −11 palabras

    Artículo 235. ElEn nombramientodefecto de protutorlas nopersonas puedemencionadas recaeren el artículo anterior, el Juez designará tutor a quien, por sus relaciones con el tutelado y en parientebeneficio de éste, considere más idóneo. Se modifica por el art. 1 de la mismaLey línea13/1983, delde tutor24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  41. Art 236

    Modificado+149 −148 palabras

    Artículo 236. ElLa protutortutela estáse obligadoejercerá por un sólo tutor salvo: 1.º ACuando intervenirpor elconcurrir inventariocircunstancias deespeciales losen bienesla persona del menortutelado yo lade constituciónsu depatrimonio, laconvenga fianzaseparar delcomo cargos distintos el de tutor, cuandode hubierela lugarpersona ay ella. 2.ºel Ade sustentarlos bienes, cada uno de los derechoscuales delactuará menor,independientemente en juicio yel fueraámbito de élsu competencia, siempresi quebien esténlas endecisiones oposiciónque conconciernan losa interesesambos deldeberán tutortomarlas conjuntamente. 32.º A llamarCuando la atencióntutela delcorresponda consejoal depadre familiay sobrea la gestión del tutormadre, cuandoserá leejercida parezcapor perjudicialambos aconjuntamente lade personamodo oanálogo a los interesesla delpatria menorpotestad. 43.º A promover la reunión delSi consejose dedesigna familiaa paraalguna elpersona nombramientotutor de nuevo tutor,los cuandohijos lade tutelasu quedehermano vacantey ose abandonada. 5.ºconsidera Aconveniente ejercerque lasel demáscónyuge atribucionesdel quetutor leejerza señalentambién lasla leyestutela. El4. protutorCuando seráel responsableJuez denombre lostutores dañosa ylas perjuiciospersonas que sobrevengan allos menorpadres pordel omisióntutelado ohayan negligenciadesignado en el cumplimientotestamento deo estosdocumento deberes. Elpúblico protutornotarial puedepara asistirejercer ala lastutela deliberacionesconjuntamente. Se delmodifica consejopor deel familiaart. y1 tomarde partela enLey ellas13/1983, perode no24 tienede derechooctubre. aRef. votarBOE-A-1983-28123.

  42. Art 237

    Modificado+169 −194 palabras

    Artículo 237. No pueden ser tutores ni protutores: 1.ºEn Losel quecaso estándel sujetosnúmero a4º tutela. 2.ºdel Losartículo queanterior, hubiesensi sidoel penadostestador porlo loshubiere delitosdispuesto de robo,modo hurtoexpreso, receptación,y estafa,en falsedad,el corrupcióncaso dedel menoresnúmero 2º, abandonosi delos familiapadres olo escándalosolicitaran, público. 3.ºpodrá Losel condenadosJuez, aal cualquierefectuar penael privativanombramiento de libertadtutores, mientras estén sufriendo la condena. 4.º Losresolver que hubiesenéstos sidopuedan removidosejercitar legalmentelas facultades de otrala tutela anteriorcon carácter solidario. 5.ºDe Lasno personasmediar tal clase de malanombramiento, conductaen otodos quelos nodemás tuviesencasos, maneray desin vivirperjuicio conocida. 6.ºde Loslo quebradosdispuesto yen concursadoslos nonúmeros rehabilitados. 7.º1 Losy que2, allas deferirsefacultades de la tutela, tenganencomendadas pleitoa pendientevarios contutores elhabrán menorde sobreser elejercitadas estadopor civil. 8.ºéstos Losconjuntamente, quepero litiguenvaldrá conlo elque menorse sobrehaga lacon propiedadel deacuerdo susdel bienes,mayor anúmero. menosA quefalta elde padretal oacuerdo, en su caso la madre,el sabiéndoleJuez, hayandespués dispuestode otraoír cosa. 9.ºa Loslos quetutores adeudany al menor sumas detutelado consideración,si atuviere menossuficiente quejuicio, conresolverá conocimientosin deulterior larecurso deuda,lo hayanque sidoestime nombradosconveniente. porPara el padre, o, encaso sude caso,que porlos ladesacuerdos madre. 10.fueran Losreiterados parientesy mencionadosentorpeciesen engravemente el párrafo segundoejercicio delde artículola 293tutela, ypodrá el tutorJuez testamentarioreorganizar quesu nofuncionamiento hubiesene cumplidoincluso suproveer obligaciónde quenuevo dichotutor. Se artículomodifica lespor impone. 11el art. Los1 religiososde profesos. 12.la LosLey extranjeros13/1983, quede no24 residande enoctubre. EspañaRef. BOE-A-1983-28123. Se modifica por el art. 2 de la Ley 14/1975, de 2 de mayo. Ref. BOE-A-1975-9245. Se modifica por el art. 1 de la Ley de 24 de abril de 1958. Ref. BOE-A-1958-6677.

  43. Art 237 bis

    Nuevo+65 −0 palabras

    Artículo 237 bis. Si los tutores tuvieren sus facultades atribuidas conjuntamente y hubiere incompatibilidad u oposición de intereses en alguno de ellos para un acto o contrato, podrá éste ser realizado por el otro tutor, o, de ser varios, por los demás en forma conjunta. Se añade por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  44. Art 238

    Modificado+44 −110 palabras

    Artículo 238. Serán removidos de la tutela: 1.º Los que, después de deferida ésta, incidan en alguno deEn los casos de incapacidad que mencionan los númerospor 1.º,cualquier 2.º,causa 3.º,cese 4.º,alguno 5.º,de 6.º,los 8.ºtutores, 12 y 13 del artículo precedente. 2.º Los que se injieran en la administración de la tutela sinsubsistirá habercon reunidolos elrestantes consejoa deno familiaser yque pedidoal hacer el nombramiento del protutor, o sin haber prestado la fianzase cuandohubiera debandispuesto constituirla,otra ecosa inscritode lamodo hipotecariaexpreso. 3.º Los que no formalicen elSe inventariomodifica enpor el términoart. y1 de la manera establecida por laLey ley13/1983, o no lode hagan24 conde fidelidad. 4octubre.º Los que se conduzcan mal en el desempeño de laRef. tutelaBOE-A-1983-28123.

  45. Art 239

    Modificado+37 −23 palabras

    Artículo 239. ElSi consejose tratase de familiaun nomenor podráacogido declararen establecimiento público, la incapacidadtutela depodrá losser tutoresatribuida yal protutores,Director nidel acordarestablecimiento. Se sumodifica remoción,por sinel citarlosart. y1 oírlosde la Ley 13/1983, side se24 presentarende octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  46. Art 240

    Modificado+35 −46 palabras

    Artículo 240. DeclaradaSi lahubiere incapacidad,que odesignar acordadatutor lapara remociónvarios porhermanos, el consejo de familia, seJuez entenderáprocurará consentidoque el acuerdo, y senombramiento procederárecaiga aen proveeruna lamisma tutelapersona. Se vacante,modifica cuandopor el tutor no formule su reclamación ante los Tribunalesart. dentro1 de los quince días siguientes alla enLey que13/1983, sede le24 hayade comunicadooctubre. laRef. resoluciónBOE-A-1983-28123.

  47. Art 241

    Modificado+51 −26 palabras

    Artículo 241. CuandoPodrán elser tutortutores promuevatodas contiendalas judicialpersonas litigaráque else consejoencuentren aen expensasel delpleno menor;ejercicio perode podránsus serderechos personalmenteciviles condenadosy en costasquienes no concurra alguna de las causas de inhabilidad establecidas en los Vocalesartículos siguientes. Se modifica por el art. 1 de la Ley 13/1983, side hubiesen24 procedidode conoctubre. notoriaRef. maliciaBOE-A-1983-28123.

  48. Art 242

    Modificado+41 −22 palabras

    Artículo 242. CuandoPodrán laser resolucióntambién deltutores consejolas depersonas familiajurídicas seaque favorableno altengan tutorfinalidad lucrativa y hayaentre sidocuyos adoptadafines figure la protección de menores e incapacitados. Se modifica por unanimidad,el noart. se1 admitiráde recursola algunoLey contra13/1983, ellade 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  49. Art 243

    Modificado+82 −73 palabras

    Artículo 243. SiNo porpueden causaser detutores: 1. incapacidadLos noque entrareestuvieran elprivados tutoro suspendidos en el ejercicio de sula cargo,patria elpotestad consejoo detotal familiao proveeráparcialmente ade los cuidadosderechos de la tutela mientras seguarda resuelvey definitivamenteeducación, sobrepor elresolución impedimentojudicial. Si2. elLos tutorque hubiesehubieren yasido entradolegalmente enremovidos elde ejerciciouna deltutela cargo,anterior. 3. yLos elcondenados consejoa decualquier familiapena declarareprivativa lade incapacidadlibertad, omientras acordareestén cumpliendo la remocióncondena. 4. delLos tutor,condenados laspor determinacionescualquier delito que adoptehaga parasuponer proveerfundadamente aque losno cuidadosdesempeñarán debien la tutela,. Se enmodifica por el casoart. de1 promoversede litigio,la noLey podrán13/1983, ejecutarsede sin24 lade previaoctubre. aprobaciónRef. judicialBOE-A-1983-28123.

  50. Art 244

    Modificado+104 −136 palabras

    Artículo 244. Pueden excusarse de laTampoco tutelapueden yser protutelatutores: 1.º LosLas Ministrospersonas delen Gobiernoquienes deconcurra laimposibilidad Naciónabsoluta de hecho. 2.º El Presidente de lasLos Cortes,que deltuvieren Consejoenemistad demanifiesta Estado,con delel Tribunalmenor Supremo,o delincapacitado. 3. ConsejoLas Supremopersonas de Justicia Militar, del Tribunal demala Cuentasconducta delo Reinoque yno deltuvieren Consejomanera de Economía Nacional. 3.º Losvivir eclesiásticosconocida. 4.º Los Magistrados, Jueces y funcionarios delque Ministeriotuvieren fiscal. 5.ºimportantes Losconflictos quede ejerzanintereses autoridadcon queel dependamenor inmediatamenteo delincapacitado, Gobierno. 6.ºmantengan Loscon militaresél enpleito activoo servicio. 7.ºactuaciones Lossobre queel tuvierenestado cincocivil o mássobre hijos. 8.ºla Lostitularidad quede nolos puedanbienes, atendero alos laque tutelale sinadeudaren menoscabosumas de su subsistenciaconsideración. 95.º Los que, por el mal estadoquebrados habitualy deconcursados suno saludrehabilitados, o por su deficientesalvo instrucción,que nola pudierentutela cumplirlo biensea lossolamente deberesde della cargopersona. 10. LosSe mayoresmodifica depor sesentael años. 11art. Los1 quede fuerenla yaLey tutores13/1983, ode protutores24 de otraoctubre. personaRef. BOE-A-1983-28123. Se modifica por el art. 2 de la Ley 14/1975, de 2 de mayo. Ref. BOE-A-1975-9245. Se modifica por el art. 1 de la Ley de 24 de abril de 1958. Ref. BOE-A-1958-6677.

  51. Art 245

    Modificado+56 −33 palabras

    Artículo 245. LosTampoco quepueden noser fuerentutores parienteslos delexcluidos menorexpresamente opor incapacitadoel nopadre estaráno obligadospor ala aceptarmadre laen tutelasus sidisposiciones en eltestamento territorioo deldocumento Tribunalnotarial, salvo que lael defiereJuez existierenen parientesresolución dentromotivada estime otra cosa en beneficio del sextomenor gradoo quedel puedanincapacitado. Se desempeñarmodifica aquelpor cargoel art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  52. Art 246

    Modificado+73 −19 palabras

    Artículo 246. LosLas excusadoscausas pueden,de ainhabilidad peticióncontempladas delen tutorlos oartículos protutor,243.4º sery compelidos244.4º no se aplicarán a admitirlos tutores designados en las disposiciones de última voluntad de los padres cuando fueren conocidas por éstos en el momento de hacer la tuteladesignación, luegosalvo que hubieseel cesadoJuez, laen causaresolución motivada, disponga otra cosa en beneficio del menor o del incapacitado. Se modifica por el art. 1 de la exenciónLey 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  53. Art 247

    Modificado+55 −53 palabras

    Artículo 247. NoSerán seráremovidos admisiblede la excusatutela los que nodespués hubiesede sidodeferida alegadaincurran anteen elcausa consejolegal de familiainhabilidad, eno lase reuniónconduzcan dedicadamal aen constituirel ladespeño tutela. Side ella tutortutela, nopor hubiereincumplimiento concurridode alos ladeberes reuniónpropios del consejocargo nio tenidopor antesnotoria noticiaineptitud deen su nombramiento,ejercicio. Se deberámodifica alegarpor lael excusaart. dentro1 de los diez días siguientesla alLey en13/1983, quede éste24 lede hubieseoctubre. sidoRef. notificadoBOE-A-1983-28123.

  54. Art 248

    Modificado+40 −26 palabras

    Artículo 248. Si lasEl causasJuez, de exención fuerenoficio posterioreso a lasolicitud aceptacióndel Ministerio Fiscal o de persona interesada, decretará la tutelaremoción del tutor, elprevia términoaudiencia parade alegarlaséste empezarási, acitado, contarsecompareciere. Se desdemodifica por el díaart. en1 quede ella tutorLey hubiese13/1983, tenidode conocimiento24 de ellasoctubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  55. Art 249

    Modificado+40 −48 palabras

    Artículo 249. Las resolucionesDurante enla quetramitación eldel consejoprocedimiento de familia desestime las excusas podrán serremoción, impugnadaspodrá anteel losJuez Tribunalessuspender en elsus términofunciones deal quincetutor días. Ely acuerdonombrar delal consejotutelado deun familiadefensor serájudicial. Se sostenidomodifica por éste a expensasel delart. menor;1 pero,de sila fuereLey confirmado13/1983, deberá condenarse en costas alde que24 hubiesede promovidooctubre. laRef. contiendaBOE-A-1983-28123.

  56. Art 250

    Modificado+34 −37 palabras

    Artículo 250. Durante el juicio de excusa, elDeclarada quejudicialmente la proponga estará obligado aremoción, ejercerse suprocederá cargo.al Nonombramiento haciéndolode así,nuevo eltutor consejoen dela familiaforma nombraráestablecida personaen queeste leCódigo. Se sustituya,modifica quedandopor el sustituidoart. responsable1 de la gestiónLey del13/1983, sustitutode si24 fuerede desechadaoctubre. laRef. excusaBOE-A-1983-28123.

  57. Art 251

    Modificado+73 −16 palabras

    Artículo 251. ElSerá excusable el desempeño de la tutela cuando por razones de edad, enfermedad, ocupaciones personales o profesionales, por falta de vínculos de cualquier clase entre tutor testamentarioy quetutelado seo excusepor cualquier otra causa, resulte excesivamente gravoso el ejercicio del cargo. Las personas jurídicas podrán excusarse cuando carezcan de medios suficientes para el adecuado desempeño de la tutela. Se perderámodifica lopor queel voluntariamenteart. le1 hubiesede dejadola elLey que13/1983, lede nombró24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  58. Art 252

    Modificado+38 −15 palabras

    Artículo 252. El tutor,interesado antesque alegue causa de excusa deberá hacerlo dentro del plazo de quince días a contar desde que setuviera leconocimiento defieradel nombramiento. Se modifica por el cargo,art. prestará1 fianzade parala asegurarLey el13/1983, buende resultado24 de suoctubre. gestiónRef. BOE-A-1983-28123.

  59. Art 253

    Modificado+55 −42 palabras

    Artículo 253. LaEl fianzatutor deberápodrá serexcusarse hipotecariade ocontinuar pignoraticia. Sóloejerciendo sela admitirátutela, lasiempre personalque cuandohubiera fuesepersona imposiblede constituirparecidas algunacondiciones depara lassustituirle, anteriores.cuando Ladurante garantíael quedesempeño prestende losaquélla fiadoresle nosobrevenga impedirácualquiera lade adopciónlos motivos de cualesquieraexcusa determinacionescontemplados útilesen parael laartículo conservación251. Se modifica por el art. 1 de losla bienesLey del13/1983, menorde o24 incapacitadode octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  60. Art 254

    Modificado+35 −51 palabras

    Artículo 254. La fianza deberá asegurar: 1.º El importe de los bienes muebles queLo entrendispuesto en poder del tutor. 2.º Las rentasel oartículo productosanterior queno durantese unaplicará añoa rindierenla lostutela bienesencomendada dela menorlas opersonas incapacitadojurídicas. 3.º LasSe utilidadesmodifica quepor duranteel unart. año1 puedade percibirla elLey menor13/1983, de cualquier24 empresade mercantiloctubre. oRef. industrialBOE-A-1983-28123.

  61. Art 255

    Modificado+29 −36 palabras

    Artículo 255. Contra los acuerdos del consejo de familia señalando la cuantía, o haciendoSi la calificacióncausa de laexcusa fianzafuera sobrevenida, podrá el tutorser recurriralegada aen loscualquier Tribunales,momento. Se peromodifica nopor entraráel enart. posesión1 de su cargola sinLey haber13/1983, prestadode la24 quede seoctubre. leRef. exijaBOE-A-1983-28123.

  62. Art 256

    Modificado+55 −19 palabras

    Artículo 256. Mientras se constituyeresuelva acerca de la fianzaexcusa, el protutorque ejercerála loshaya actospropuesto administrativosestará obligado a ejercer la función. No haciéndolo así, el Juez nombrará un defensor que le sustituya, quedando el consejosustituido responsable de familiatodos crealos indispensablesgastos paraocasionados por la conservaciónexcusa si ésta fuera rechazada. Se modifica por el art. 1 de losla bienesLey y13/1983, percepciónde 24 de susoctubre. productosRef. BOE-A-1983-28123.

  63. Art 257

    Modificado+45 −25 palabras

    Artículo 257. LaEl fianzatutor hipotecariadesignado seráen inscritatestamento enque else Registroexcuse de la Propiedad. Latutela pignoraticiaal setiempo constituiráde depositandosu losdelación efectosperderá olo valoresque, en losconsideración establecimientosal públicosnombramiento, destinadosle ahubiere estedejado finel testador. Se modifica por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  64. Art 258

    Modificado+27 −34 palabras

    Artículo 258. Deberán pedirAdmitida la inscripciónexcusa, ose elprocederá depósito: 1.ºal Elnombramiento tutor. 2.ºde Elnuevo protutortutor. 3.º CualquieraSe demodifica lospor vocalesel delart. consejo1 de familia. Los que omitierenla estaLey diligencia13/1983, seránde responsables24 de los dañosoctubre. yRef. perjuiciosBOE-A-1983-28123.

  65. Art 259

    Modificado+25 −50 palabras

    Artículo 259. La fianza podrá aumentarse o disminuirseAutoridad durantejudicial eldará ejercicioposesión de lasu tutela,cargo segúnal lastutor vicisitudesnombrado. Se quemodifica experimentenpor el caudal del menor o incapacitado y los valores en que aquélla esté constituidaart. No se podrá cancelar1 totalmentede la fianza hastaLey que13/1983, aprobadas las cuentas de la tutela, el tutor haya extinguido todas las responsabilidades24 de suoctubre. gestiónRef. BOE-A-1983-28123.

  66. Art 260

    Modificado+36 −110 palabras

    Artículo 260. Están exentos de la obligación de afianzar la tutela: 1.º El padre, laJuez madrepodrá yexigir losal abuelostutor enla losconstitución casosde enfianza que son llamados aasegure lael tutelacumplimiento de sus descendientes. 2.º El tutor testamentario relevado por el padreobligaciones oy pordeterminará la madre, enmodalidad suy caso,cuantía de estala obligaciónmisma. Esta excepción cesará cuando, con posterioridad a su nombramiento, sobrevengan causas Se ignoradasmodifica por el testador, que hagan indispensable la fianza a juicio del consejo de familia. 3art.º El tutor nombrado con relevación1 de fianza por extraños que hubiesen instituido heredero al menor ola incapazLey o13/1983, dejándolede manda24 de importanciaoctubre. En este caso, la exención quedará limitada a los bienes o rentas en que consista la herencia o elRef. legadoBOE-A-1983-28123.

  67. Art 261

    Modificado+46 −13 palabras

    Artículo 261. ElTambién consejopodrá deel familiaJuez, pondráen cualquier momento y con justa causa, dejar sin efecto o modificar en posesióntodo ao losen tutoresparte yla agarantía losque protutoresse hubiese prestado. Se modifica por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  68. Art 262

    Modificado+43 −19 palabras

    Artículo 262. El tutor representa alestá menorobligado oa incapacitadohacer eninventario todosde los actosbienes civilesdel tutelado dentro del plazo de sesenta días, salvoa aquelloscontar de aquel en que hubiese tomado posesión de su cargo. Se modifica por disposiciónel expresaart. 1 de la leyLey puedan13/1983, ejecutarde por24 síde solosoctubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  69. Art 263

    Modificado+35 −17 palabras

    Artículo 263. LosLa menoresAutoridad ojudicial incapacitadospodrá sujetosprorrogar aeste tutelaplazo debenen respetoresolución ymotivada obedienciasi alconcurriere tutorcausa para ello. Se Éstemodifica podrápor corregirlosel moderadamenteart. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  70. Art 264

    Modificado+27 −136 palabras

    Artículo 264. El tutor está obligado: 1.º A alimentar y educar alinventario menorse oformará incapacitadojudicialmente con arreglointervención adel suMinisterio condiciónFiscal y con estricta sujeción a las disposicionescitación de sus padres, o a las que, en defecto de éstos, hubierapersonas adoptadoque el consejoJuez deestime familiaconveniente. 2.º ASe procurar,modifica por cuantos medios proporcione la fortuna del loco, demente o sordomudo, que éstos adquieran o recobren su capacidad. 3.º A hacer inventario de los bienes a que se extienda la tutela dentro del término que al efecto le señale el consejo de familia. 4art.º A administrar el caudal1 de los menores o incapacitados con la diligencia de un buenLey padre13/1983, de familia. 5.º A solicitar oportunamente la autorización del consejo24 de familia para todo lo que no pueda realizar sin ellaoctubre. 6 Ref.º BOE-A procurar la intervención del protutor en todos los casos en que la ley la declara necesaria-1983-28123.

  71. Art 265

    Modificado+65 −32 palabras

    Artículo 265. El inventariodinero, sealhajas, haráobjetos conpreciosos intervencióny delvalores protutormobiliarios yo condocumentos asistenciaque, a juicio de dosla testigosAutoridad elegidosjudicial, porno eldeban consejoquedar deen familiapoder del tutor serán depositados en un establecimiento destinado a este efecto. Los Éstegastos decidirá,que segúnlas laanteriores importanciamedidas delocasionen caudal,correrán sia deberácargo ademásde autorizarlos bienes del tutelado. Se modifica por el actoart. algún1 Notariode la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  72. Art 266

    Modificado+38 −53 palabras

    Artículo 266. Las alhajas, muebles preciosos, efectos públicos y valores mercantiles oEl industriales,tutor que a juicio del consejo de familia no hayanincluya deen estarel eninventario poderlos delcréditos tutor,que serántenga depositadoscontra enel untutelado establecimientose destinadoentenderá aque estelos finrenuncia. LosSe demásmodifica mueblespor yel losart. semovientes,1 side nola estuvierenLey tasados13/1983, se apreciarán por peritos quede designe24 elde consejooctubre. deRef. familiaBOE-A-1983-28123.

  73. Art 267

    Modificado+48 −27 palabras

    Artículo 267. El tutor que,es requeridoel alrepresentante efectodel pormenor Notarioo incapacitado, salvo para aquellos actos que pueda realizar por elsi protutorsólo oya sea por losdisposición testigos,expresa node inscribiesela enLey elo inventariode losla créditossentencia quede tengaincapacitación. Se contramodifica por el menorart. 1 de la Ley 13/1983, sede entenderá24 quede losoctubre. renunciaRef. BOE-A-1983-28123.

  74. Art 268

    Modificado+48 −64 palabras

    Artículo 268. CuandoLos acercasujetos dea latutela pensióndeben alimenticiarespeto dely menorobediencia oal incapacitadotutor. Los nadatutores hubiesepodrán, resueltoen el testamentoejercicio de la persona por quien se hizo el nombramiento desu tutorcargo, recabar el consejoauxilio de familia, en vista del inventario, decidirá la parte deautoridad. rentasPodrán otambién productoscorregir quea debalos invertirsemenores enrazonable aquellay atenciónmoderadamente. Esta resolución puede modificarse a medida que aumenteSe omodifica disminuyapor el patrimonioart. de1 losde menoresla oLey incapaces13/1983, ode cambie24 lade situaciónoctubre. deRef. éstosBOE-A-1983-28123.

  75. Art 269

    Modificado+60 −252 palabras

    Artículo 269. El tutor necesita autorización del consejo de familia: 1.º Para imponer al menor losestá castigosobligado dea quevelar tratanpor el número 2.º deltutelado artículoy, 155en yparticular: 1. elA artículoprocurarle 156alimentos. 2.º ParaA dareducar al menor una carrera u oficio determinado cuando esto no hubiese sido resuelto por los padres, y para modificar las disposiciones queprocurarle éstosuna hubiesenformación adoptadointegral. 3.º Para recluir al incapaz en un establecimiento de salud, a menos que la tutela esté desempeñada por elA padre,promover la madreadquisición o algún hijo. 4.º Para continuar el comerciorecuperación ode la industria a que el incapacitado o sus ascendientes o loscapacidad del menor hubiesen estado dedicados. 5.º Para enajenar o gravar bienes que constituyan el capital de los menores o incapaces, o hacer contratos o actos sujetos a inscripción. 6.º Paratutelado colocary elsu dineromejor sobranteinserción en cada año después de cubiertas las obligaciones de la tutelasociedad. 74.º ParaA procederinformar aal laJuez divisiónanualmente desobre la herencia o de otra cosa quesituación eldel menor o incapacitado poseyere eny común. 8.ºrendirle Paracuenta retiraranual de su colocación cualquier capital que produzca interesesadministración. 9.º Para dar ySe tomarmodifica dineropor ael préstamo. 10art. Para aceptar sin beneficio1 de inventario cualquier herencia, o para repudiar ésta o las donaciones. 11. Para hacer gastos extraordinarios en las fincas cuya administración comprenda la tutela. 12. Para transigir y comprometer en árbitros las cuestiones en que el menor o incapacitado estuviereLey interesado. 13. Para entablar demandas en nombre/1983, de los sujetos a tutela y para sostener los recursos24 de apelación y casación contra las sentencias en que hubiesen sido condenadosoctubre. Se exceptúan las demandas y recursos en los juiciosRef. verbalesBOE-A-1983-28123.

  76. Art 270

    Modificado+54 −36 palabras

    Artículo 270. El consejotutor deúnico familiay, noen podrásu autorizarcaso, alel tutorde paralos enajenarbienes oes gravarel losadministrador bieneslegal del menorpatrimonio ode incapacitadolos sinotutelados pory causasestá deobligado necesidada oejercer utilidad,dicha queadministración elcon tutorla harádiligencia constarde debidamenteun buen padre de familia. LaSe autorizaciónmodifica recaerápor sobreel cosasart. determinadas1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  77. Art 271

    Modificado+113 −24 palabras

    Artículo 271. El consejotutor necesitará autorización judicial: 1. Para internar al tutelado en un establecimiento de familia,salud antesmental o de concedereducación autorizacióno paraformación especial. 2. Para enajenar o gravar bienes inmuebles, establecimientos mercantiles o constituirindustriales, derechosobjetos realespreciosos ay favorvalores mobiliarios de terceroslos menores o incapacitados, podráo oírcelebrar previamentecontratos o realizar actos susceptibles de inscripción. Se exceptúa la venta del derecho de suscripción preferente de acciones. 3. Para renunciar derechos, así como transigir o someter a arbitraje cuestiones en que el dictamentutelado estuviese interesado. 4. Para realizar la partición de peritosla sobreherencia o la división de una cosa común, las condicionescuales deluna gravamenvez ypracticadas, requerirán además la posibilidadaprobación judicial. Se modifica por el art. 1 de mejorarlasla Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  78. Art 272

    Modificado+127 −45 palabras

    Artículo 272. CuandoTambién senecesitará trateel detutor bienesautorización inmuebles,judicial: 1. Para aceptar sin beneficio de derechosinventario inscribiblescualquier herencia, o depara alhajasrepudiar ésta o muebleslas cuyoliberalidades. 2. valorPara excedahacer gastos extraordinarios en los bienes. 3. Para entablar demanda en nombre de los sujetos a tutela salvo en los asuntos urgentes o de escasa cuantía. 4.000 pesetas,Para laceder enajenaciónbienes seen haráarrendamientos ensujetos públicaa subastaprórroga conforzosa. 5. intervenciónPara deldar tutory otomar protutordinero a préstamo. Los6. valoresPara bursátilesdisponer a título gratuito de bienes o derechos del tutelado, asísalvo losautorización públicosjudicial. 7. comoPara ceder a terceros los mercantilescréditos que el tutelado tenga contra él, o industrialesadquirir a título oneroso los créditos de terceros contra el tutelado, seránsalvo vendidosautorización judicial en cualquiera de los dos casos. Se modifica por agenteel art. 1 de bolsala oLey corredor13/1983, de comercio24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  79. Art 273

    Modificado+58 −18 palabras

    Artículo 273. ElAntes tutorde respondeautorizar cualquiera de los interesesactos legalescomprendidos delen capitallos delartículos menorprecedentes, cuandoel Juez oirá al Ministerio Fiscal, pory sual omisióntutelado si fuese mayor de doce años o negligencialo considerara oportuno, quedarey improductivorecabará los informes que le sean solicitados o sinestime empleopertinentes. Se modifica por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  80. Art 274

    Modificado+86 −52 palabras

    Artículo 274. LaEl autorizacióntutor paratiene transigirderecho oa comprometeruna enretribución, árbitrossiempre deberáque serel pedidapatrimonio pordel escritotutelado lo permita. Corresponde al Juez fijar su importe y el modo de percibirlo, para lo cual tendrá en quecuenta el tutortrabajo expresea todasrealizar lasy condicionesel valor y ventajasla rentabilidad de lalos transacción. Elbienes, consejoprocurando deen familialo podráposible oírque ella dictamencuantía de unola oretribución másno letrados,baje segúndel la4 importanciapor 100 ni exceda del asunto,20 ypor concederá100 odel negarárendimiento lalíquido autorizaciónde los bienes. Se Simodifica por el art. 1 de la otorgareLey 13/1983, lode hará24 constarde enoctubre. elRef. actaBOE-A-1983-28123.

  81. Art 275

    Modificado+48 −143 palabras

    Artículo 275. Se prohíbe a los tutores: 1.º Donar o renunciar cosas o derechos pertenecientes al menor o incapacitado. Las donaciones que por causa de matrimonio hicierenSólo los menores con aprobación depadres, lasy personasen quesus hayandisposiciones de prestar su consentimiento para elúltima matrimoniovoluntad, serán válidaspodrán siempreestablecer que no excedan del límiteel señaladotutor porhaga lasuyos ley. 2.ºlos Cobrarfrutos de los deudores del menor o incapacitado, sin intervenciónbienes del protutor, cantidades superiores a 5.000 pesetas,tutelado a no ser que procedancambio de intereses, rentas o frutos. La paga hecha sin este requisito sólo aprovechará aprestarle los deudores cuandoalimentos, justifiquensalvo que la cantidad percibida se ha invertido en utilidad del menor o incapacitado. 3.º Hacerseel pagoJuez, sin intervenciónen delresolución protutormotivada, de los créditos quedisponga leotra correspondancosa. 4.ºSe Comprarmodifica por sí oel porart. medio1 de otra persona los bienes del menorla oLey incapacitado13/1983, a menos que expresamente hubiese sido autorizado para ellode por24 elde consejooctubre. deRef. familiaBOE-A-1983-28123.

  82. Art 276

    Modificado+66 −91 palabras

    Artículo 276. El tutor tiene derecho a una retribución sobre los bienes delLa menortutela ose incapacitado.extingue: Cuando1. éstaCuando noel hubieremenor sidode fijadaedad porcumple los que nombraron el tutordieciocho testamentarioaños, o cuando se trate de tutores legítimos o dativos,a elmenos consejoque decon familiaanterioridad lahubiera fijarásido teniendojudicialmente enincapacitado. 2. cuentaPor la importanciaadopción del caudal y el trabajo quetutelado hamenor de proporcionar su administraciónedad. En3. ningúnPor casofallecimiento bajaráde la retribución del 4, ni excederápersona delsometida 10a portutela. 4. 100Por dela lasconcesión rentasal omenor productosdel líquidosbeneficio de losla bienesmayor edad. ContraSe elmodifica acuerdopor enel queart. se1 fijede la retribución delLey tutor13/1983, podráde éste24 recurrirde aoctubre. losRef. TribunalesBOE-A-1983-28123.

  83. Art 277

    Modificado+71 −12 palabras

    Artículo 277. SiTambién se extingue la tutela: 1. Cuando habiéndose originado por privación o suspensión de la patria potestad, el consejotitular de familiaésta sostuvierela surecupere. 2. acuerdo,Al litigarádictarse ala expensasresolución deljudicial menorque pongan fin a la incapacitación, o incapacitadoque modifique la sentencia de incapacitación en virtud de la cual se sustituye la tutela por la curatela. Se modifica por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  84. Art 278

    Modificado+45 −35 palabras

    Artículo 278. ConcluyeContinuará lael tutela: 1.ºtutor Poren llegarel ejercicio de su cargo si el menor sujeto a latutela edadhubiese desido dieciochoincapacitado años,antes porde la habilitaciónmayoría de edad y, porconforme adopción. 2.ºa Porlo haberdispuesto cesadoen la causasentencia quede laincapacitación. Se motivó,modifica cuandopor seel trataart. 1 de incapacesla Ley 13/1983, sujetosde a24 interdicciónde ooctubre. pródigosRef. BOE-A-1983-28123. Se modifica el apartado 1 por el art. 2 del Real Decreto-ley 33/1978, de 16 de noviembre. Ref. BOE-A-1978-28627. Téngase en cuenta que se fija la mayoría de edad civil a los veintiún años por el art. 1 de la Ley de 13 de diciembre de 1943. Ref. BOE-A-1943-11711.

  85. Art 279

    Modificado+73 −82 palabras

    Artículo 279. El pariente colateral del menor o incapacitado, y el extrañotutor queal nocesar hubieseen obtenidosus elfunciones cargodeberá derendir tutorla concuenta lageneral asignaciónjustificada de frutos porsu alimentos,administración rendiránante alla consejoAutoridad dejudicial familiaen cuentasel anualesplazo de su gestión. Estastres cuentasmeses, examinadasprorrogables por el protutor y censuradastiempo porque elfuere consejo,necesario seránsi depositadasconcurre enjusta lacausa. La Secretaríaacción delpara Tribunalexigir dondela serendición hubiesede registradoesta lacuenta tutela. Siprescribe ela tutorlos nocinco seaños, conformasecontados condesde la resoluciónterminación del consejo, podráplazo recurrirestablecido apara losefectuarlo. Se Tribunales,modifica antepor losel cualesart. los1 interesesde della menorLey o13/1983, incapacitadode serán24 defendidosde poroctubre. elRef. protutorBOE-A-1983-28123.

  86. Art 280

    Modificado+54 −56 palabras

    Artículo 280. ElAntes tutorde queresolver seasobre reemplazadola poraprobación otrode estarála obligadocuenta, y lo mismoel susJuez herederos,oirá aal rendirnuevo cuentatutor generalo, deen lasu tutelacaso, al que le reemplace,curador cuyao cuentaal serádefensor examinadajudicial, y censurada ena la formapersona que previene el artículo precedente.hubiera Elestado nuevosometida tutora serátutela responsableo ala menorsus deherederos. Se losmodifica dañospor yel perjuicios,art. si1 node pidierela yLey tomare13/1983, lasde cuentas24 de suoctubre. antecesorRef. BOE-A-1983-28123.

  87. Art 281

    Modificado+36 −28 palabras

    Artículo 281. AcabadaLos gastos necesarios de la tutela,rendición elde tutorcuentas, oserán susa herederoscargo estándel obligadosque aestuvo darsometido cuentaa detutela. Se sumodifica administraciónpor alel queart. haya1 estadode sometidola aLey aquélla13/1983, ode a24 susde representantesoctubre. oRef. derechohabientesBOE-A-1983-28123.

  88. Art 282

    Modificado+32 −21 palabras

    Artículo 282. Las cuentasEl generalessaldo de la tutelacuenta serángeneral censuradasdevengará einterés informadaslegal, pora elfavor consejoo deen familiacontra dentrodel tutor. Se modifica por el art. 1 de unla plazoLey que13/1983, node excederá24 de seisoctubre. mesesRef. BOE-A-1983-28123.

  89. Art 283

    Modificado+47 −28 palabras

    Artículo 283. LasSi cuentasel debensaldo ires acompañadasa defavor susdel documentostutor, justificativos.devengará Sólointerés podrálegal excusarsedesde laque justificaciónel deque losestuvo gastossometido menudosa tutela sea requerido para el pago, previa entrega de quesus unbienes. Se diligentemodifica padrepor el art. 1 de familiala noLey acostumbra13/1983, ade recoger24 recibosde octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  90. Art 284

    Modificado+32 −11 palabras

    Artículo 284. LosSi gastoses en contra del tutor, devengará interés legal desde la aprobación de la rendicióncuenta. Se modifica por el art. 1 de cuentasla correránLey a13/1983, cargode del24 menorde ooctubre. incapacitadoRef. BOE-A-1983-28123.

  91. Art 285

    Modificado+41 −68 palabras

    Artículo 285. Hasta pasados quince días después de la rendición deLa cuentasaprobación justificadasjudicial no podrán los causahabientes delimpedirá menor,el oejercicio éste,de silas yaacciones fuereque mayor,recíprocamente celebrarpuedan conasistir elal tutor convenioy algunoal quetutelado seo relacionea consus lacausahabientes gestiónpor razón de la tutela. ElSe consejomodifica depor familia,el sinart. perjuicio1 de los arreglos que pasado este plazo puedan hacerla losLey interesados13/1983, deberá denunciar a los Tribunales cualesquiera delitos que se hubiesen cometido por el tutor en elde ejercicio24 de laoctubre. tutelaRef. BOE-A-1983-28123.

  92. Art 286

    Modificado+54 −56 palabras

    Artículo 286. El saldoEstán quesujetos dea lascuratela: 1. cuentasLos generalesemancipados resultarecuyos apadres favorfallecieren o en contra del tutor produciráquedaran interésimpedidos legal. Enpara el primerejercicio caso,de desdela queasistencia elprevenida menorpor seala requeridoLey. 2. paraLos elque pago,obtuvieren previael entregabeneficio de susla bienesmayor edad. En el segundo, desde3. laLos rendicióndeclarados depródigos. Se cuentasmodifica sipor hubiesenel sidoart. dadas1 dentrode della términoLey legal13/1983, y side no24 desdede queoctubre. ésteRef. expireBOE-A-1983-28123.

  93. Art 287

    Modificado+53 −23 palabras

    Artículo 287. LasIgualmente accionesprocede quela recíprocamentecuratela asistanpara allas tutorpersonas ya alquienes menorla porsentencia razónde delincapacitación ejercicioo, deen su caso, la tutelaresolución sejudicial extinguenque la modifique coloquen bajo esta forma de protección en atención a lossu cincogrado añosde discernimiento. Se modifica por el art. 1 de concluidala éstaLey 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  94. Art 288

    Modificado+48 −23 palabras

    Artículo 288. En los Juzgadoscasos dedel Primeraartículo Instancia286 habrála unocuratela ono variostendrá librosotro dondeobjeto seque tomela razónintervención dedel lascurador tutelasen constituidaslos duranteactos elque añolos enmenores o pródigos no puedan realizar por si solos. Se modifica por el respectivoart. territorio1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  95. Art 289

    Modificado+42 −14 palabras

    Artículo 289. EstosLa libroscuratela estaránde bajolos incapacitados tendrá por objeto la asistencia del curador para aquellos actos que expresamente imponga la sentencia que la haya establecido. Se modifica por el cuidadoart. 1 de unla secretarioLey judicial13/1983, elde cual24 haráde losoctubre. asientosRef. gratuitamenteBOE-A-1983-28123.

  96. Art 290

    Modificado+53 −103 palabras

    Artículo 290. El registro de cada tutela deberá contener: 1.º El nombre, apellido, edad y domicilio del menor o incapaz, ySi la extensión y límitesentencia de la tutela, cuandoincapacitación hayano sidohubiese judicialmenteespecificado declaradalos laactos incapacidad. 2.ºen Elque nombre,deba apellido,ser profesiónnecesaria yla domiciliointervención del tutor y lacurador expresiónse deentenderá sique esésta testamentario,se legítimoextiende oa dativo. 3.ºlos Elmismos díaactos en que haya sido deferida la tutela y prestada la fianza exigida allos tutor,tutores expresandonecesitan, ensegún sueste casoCódigo, la clase de bienes en que la hayaautorización constituidojudicial. 4.º La pensión alimenticia que se hayaSe asignadomodifica alpor menorel oart. incapaz1 ode la declaración deLey que13/1983, sede han24 compensadode frutosoctubre. porRef. alimentosBOE-A-1983-28123.

  97. Art 291

    Modificado+44 −29 palabras

    Artículo 291. AlSon pieaplicables dea cadalos inscripcióncuradores selas haránormas constarsobre nombramiento, alinhabilidad, comenzarexcusa ely añoremoción judicial,de silos eltutores. No tutorpodrán haser rendidocuradores cuentaslos dequebrados suy gestiónconcursados enno rehabilitados. Se modifica por el casoart. 1 de quela estéLey obligado13/1983, ade darlas24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  98. Art 292

    Modificado+50 −23 palabras

    Artículo 292. LosSi Juecesel examinaránsometido anualmentea estoscuratela registroshubiese yestado adoptaráncon lasanterioridad determinacionesbajo necesariastutela, endesempeñará cadael casocargo parade defendercurador losel interesesmismo deque lashubiese personassido sujetassu tutor, a tutelamenos que el Juez disponga otra cosa. Se modifica por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  99. Art 293

    Modificado+50 −131 palabras

    Artículo 293. Si el Ministerio Público o el Juez municipal tuvieren conocimiento de que existe en el territorio de su jurisdicción alguna de las personas a que se refiere el art. 200, pedirá el primero yLos ordenaráactos eljurídicos segundo,realizados desin oficiola ointervención adel excitacióncurador fiscal,cuando segúnésta lossea casospreceptiva, la constitución del consejo de familia. Estánserán obligadosanulables a poner en conocimientoinstancia del Juez municipal el hecho quepropio dacurador lugaro ade la tutela en el momento que lo supieren: el tutor testamentario, los parientespersona llamadossujeta a la tutela legítima y los que por ley son Vocales del consejocuratela, quedando responsables,de siacuerdo nocon lolos hicieren,artículos de1.301 lay indemnizaciónsiguientes de daños yeste perjuiciosCódigo. El Juez municipal citará a las personas queSe debanmodifica formarpor el consejo de familia, haciéndoles saber elart. objeto1 de la reunión y elLey día13/1983, hora y sitio en quede ha24 de teneroctubre. lugarRef. BOE-A-1983-28123.

  100. Art 294

    Modificado+53 −125 palabras

    Artículo 294. El Consejo dePodrán Familiapedir sela compondrádeclaración de las personas queprodigalidad el padrecónyuge, olos ladescendientes madre,o enascendientes suque caso,perciban hubiesenalimentos designadodel enpresunto supródigo testamento,o yse enencuentren suen defecto,situación de los ascendientes y descendientesreclamárselos, y de los hermanos del menorrepresentantes olegales incapacitado,de cualquiera que sea su número yde sexoellos. Si no llegaren a cinco, se completarála conpidieren los parientes más próximos; y, si no losrepresentantes hubierelegales, o no estuvieren obligados a formar parte dello Consejo,hará el Juez nombrará en su lugar personas honradas, prefiriendo a los amigos de los padres del menor oMinisterio incapacitadoFiscal. Si no hubiere ascendientes, descendientes y hermanos, elSe Juezmodifica constituirápor el Consejo con los cinco parientes más próximos del menor o incapacitado, y cuando no hubiere parientes en todo o en parte, losart. suplirá1 conde otrasla personasLey honradas13/1983, prefiriendo a losde amigos24 de losoctubre. padresRef. BOE-A-1983-28123. Se modifica por el art. 1 de la Ley de 24 de abril de 1958. Ref. BOE-A-1958-6677.

  101. Art 295

    Modificado+25 −31 palabras

    Artículo 295. Para elLa Consejodeclaración de Familia será preferido el grado más próximo alprodigalidad másdebe remoto;hacerse en igualdad de grado, el varónjuicio acontradictorio. Se lamodifica mujer,por yel enart. igualdad1 de gradola yLey sexo13/1983, lade persona24 de másoctubre. edadRef. BOE-A-1983-28123. Se modifica por el art. 1 de la Ley de 24 de abril de 1958. Ref. BOE-A-1958-6677.

  102. Art 296

    Modificado+57 −38 palabras

    Artículo 296. LosCuando Tribunalesel podrándemandado subsanarpor laprodigalidad nulidadno quecompareciere resulteen deel lajuicio, inobservanciale derepresentará losel artículosMinisterio anterioresFiscal y, si noéste sefuera debiereparte, alun dolodefensor ninombrado causarepor el Juez, sin perjuicio ade lo que determina la personaLey ode bienesEnjuiciamiento delCivil sujetosobre alos tutela,procedimientos peroen reparandorebeldía. Se modifica por el errorart. cometido1 ende la formaciónLey del13/1983, consejode 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  103. Art 297

    Modificado+34 −54 palabras

    Artículo 297. NoLos podránactos serdel obligadosdeclarado apródigo formaranteriores partea della consejodemanda de familia los parientes delprodigalidad menorno opodrán incapacitadoser llamadosatacados por la Leyesta quecausa. Se nomodifica residierenpor dentroel delart. radio1 de 30 kilómetros del Juzgado en que radicase la tutela; pero serán vocales del consejo si voluntariamente se prestan a aceptar elLey cargo13/1983, para lo cualde debe24 citarlesde eloctubre. JuezRef. municipalBOE-A-1983-28123.

  104. Art 298

    Modificado+33 −47 palabras

    Artículo 298. Las causas que excusan, inhabilitan y dan lugar a laLa remociónsentencia dedeterminará los tutoresactos yque protutoresel sonpródigo aplicablesno apuede losrealizar vocalessin delel consejoconsentimiento dedel familiacurador. No podrán tampoco ser vocales las personas Se amodifica quienespor el padre, oart. la1 madre,de enla suLey caso13/1983, hubiesen excluido en sude testamento24 de esteoctubre. cargoRef. BOE-A-1983-28123.

  105. Art 299

    Modificado+139 −11 palabras

    Artículo 299. ElSe tutornombrará un defensor judicial que represente y ampare los intereses de quienes se hallen en alguno de los siguientes supuestos: 1. Cuando en algún asunto exista conflicto de intereses entre los menores o incapacitados y sus representantes legales o el protutorcurador. En el caso de tutela conjunta ejercida por ambos padres, si el conflicto de intereses existiere sólo con uno de ellos, corresponderá al otro por ley, y sin necesidad de especial nombramiento, representar y amparar al menor o incapacitado. 2. En el supuesto de que, por cualquier causa, el tutor o el curador no podrándesempeñare sersus afunciones hasta que cese la vezcausa vocalesdeterminante delo consejose designe otra persona para desempeñar el cargo. 3. En todos los demás casos previstos en este Código. Se modifica por el art. 1 de familiala Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  106. Art 299 bis

    Nuevo+92 −0 palabras

    Artículo 299 bis. Cuando se tenga conocimiento de que una persona debe ser sometida a tutela y en tanto no recaiga resolución judicial que ponga fin al procedimiento, asumirá su representación y defensa el Ministerio Fiscal. En tal caso, cuando además del cuidado de la persona hubiera de procederse al de los bienes, el Juez podrá designar un Administrador de los mismos, quien deberá rendirle cuentas de su gestión una vez concluida. Se añade por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  107. Art 300

    Modificado+53 −49 palabras

    Artículo 300. LaEl JuntaJuez, para la formación delen consejoprocedimiento de familiajurisdicción voluntaria, seráde presididaoficio poro ela Juezpetición municipal.del LosMinisterio citadosFiscal, estántutor, obligadoscurador ao comparecerde personalmentecualquier ootra porpersona mediocapaz de apoderadocomparecer especialen juicio, quenombrará nuncadefensor podráa representarquien másestime quemás aidóneo unapara solael personacargo. Si Se nomodifica comparecieren,por el Juezart. podrá1 imponerlesde unala multaLey que13/1983, node exceda24 de 50octubre. pesetasRef. BOE-A-1983-28123.

  108. Art 301

    Modificado+37 −32 palabras

    Artículo 301. FormadoSerán elaplicables consejoal dedefensor familiajudicial porlas elcausa Juezde municipalinhabilidad, procederáexcusas aquély aremoción dictarde todaslos lastutores medidasy necesariascuradores. Se paramodifica atenderpor ael laart. persona1 yde bienesla delLey menor13/1983, ode incapacitado24 yde constituiroctubre. laRef. tutelaBOE-A-1983-28123.

  109. Art 302

    Modificado+39 −51 palabras

    Artículo 302. El Consejo de familia para los hijos no matrimoniales sedefensor constituirájudicial bajotendrá las mismas reglasatribuciones que el dele loshaya hijosconcedido matrimoniales,el peroJuez nombrandoal Vocalesque adeberá losrendir parientescuentas delde padresu ogestión madreuna legalmentevez conocidoconcluida. Si la filiación noSe estámodifica determinada,por el Consejo se formaráart. con1 elde Fiscalla delLey Distrito13/1983, que seráde Presidente,24 yde cuatrooctubre. vecinosRef. honradosBOE-A-1983-28123. Se modifica por el art. 4 de la Ley 11/1981, de 13 de mayo. Ref. BOE-A-1981-11198.

  110. Art 303

    Modificado+80 −20 palabras

    Artículo 303. LaSin administraciónperjuicio de cadalo establecimientodispuesto en los artículos 203 y 228, cuando la autoridad judicial tenga conocimiento de beneficenciala tendráexistencia sobrede losun huérfanosguardador menoresde acogidoshecho todaspodrá lasrequerirle facultadespara que correspondeninforme ade la situación de la persona y los tutoresbienes del menor o del presunto incapaz y alde consejosu actuación en relación con los mismos, pudiendo establecer asimismo las medidas de familiacontrol y vigilancia que considere oportunas. Se modifica por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  111. Art 304

    Modificado+40 −64 palabras

    Artículo 304. SeráLos presidenteactos delrealizados consejopor el vocal que eligieren los demás. Corresponde al presidente: 1.º Reunirguardador elde consejohecho cuandoen leinterés parecieredel convenientemenor o lo pidieren los vocalespresunto oincapaz elno tutorpodrán oser elimpugnados protutor,si yredundan presidiren sussu deliberacionesutilidad. 2.º RedactarSe ymodifica fundarpor susel acuerdos,art. haciendo1 constarde la opinión de cadaLey uno13/1983, de los vocales y que éstos autoricen el acta con24 sude firma. 3octubre.º Ejecutar losRef. acuerdosBOE-A-1983-28123.

  112. Art 305

    Modificado+21 −39 palabras

    Artículo 305. El consejo de familia no podrá adoptar resolución sobre los puntos que le(Sin fuerencontenido) Se sometidosdeja sin que estén presentes,contenido por lo menos, tresel vocalesart. Los acuerdos se tomarán siempre por mayoría1 de votos. Ella votoLey del13/1983, presidentede decidirá24 ende casooctubre. deRef. empateBOE-A-1983-28123.

  113. Art 306

    Modificado+31 −44 palabras

    Artículo 306. LosSerá vocalesaplicable delal consejoguardador de familiahecho estánlo obligadosdispuesto aen asistirel aartículo las220 reunionesrespecto del mismo a que fueren convocadostutor. Si no asistieren, ni alegaren Se excusamodifica legítima,por el presidente del consejo lo pondráart. en1 conocimientode della JuezLey municipal13/1983, quien podrá imponerles una multa que node exceda24 de 50octubre. pesetasRef. BOE-A-1983-28123.

  114. Art 307

    Modificado+23 −38 palabras

    Artículo 307. Ningún vocal del consejo de familia asistirá a su(Sin reunión,contenido) Se nideja emitirásin sucontenido voto,por cuandoel seart. trate3 de negocio en que tengan interés él, sus descendientes, ascendientes o consorte; pero podrála serLey oído13/1983, side el24 consejode looctubre. estimaRef. convenienteBOE-A-1983-28123.

  115. Art 308

    Modificado+21 −49 palabras

    Artículo 308. El tutor y el protutor tienen obligación de asistir a las reuniones del consejo de(Sin familia,contenido) Se perodeja sin voto, cuando fueren citados. También podrán asistir siemprecontenido quepor el consejo se reúna a su instanciaart. Tiene derecho a asistir y ser oído el sujeto3 ade tutelala siempreLey que13/1983, seade mayor24 de catorceoctubre. añosRef. BOE-A-1983-28123.

  116. Art 309

    Modificado+22 −18 palabras

    Artículo 309. El consejo(Sin decontenido) Se familiadeja conocerásin decontenido lospor negociosel queart. sean3 de su competenciala conformeLey a13/1983, lasde disposiciones24 de esteoctubre. CódigoRef. BOE-A-1983-28123.

  117. Art 310

    Modificado+21 −48 palabras

    Artículo 310. De las decisiones del consejo(Sin decontenido) Se familiadeja puedensin alzarsecontenido antepor el Juez de Primera Instancia los vocales que hayanart. disentido3 de la mayoría al votarse el acuerdo, así como también el tutor, el protutor o cualquier pariente del menor u otro interesado en laLey decisión13/1983, salvode el24 casode deloctubre. artículoRef. 242BOE-A-1983-28123.

  118. Art 311

    Modificado+21 −29 palabras

    Artículo 311. Al terminar(Sin lacontenido) Se tuteladeja ysin disolversecontenido por consecuencia el consejo de familia, entregará éste al que hubiese estado sujeto a tutela, oart. a3 quiende representela susLey derechos13/1983, lasde actas24 de susoctubre. sesionesRef. BOE-A-1983-28123.

  119. Art 312

    Modificado+21 −36 palabras

    Artículo 312. Los vocales del consejo de familia son responsables(Sin decontenido) Se losdeja dañossin quecontenido por su malicia o negligencia culpable sufriere el sujeto a tutelaart. Se eximirán3 de esta responsabilidad los vocales quela hubiesenLey disentido13/1983, delde acuerdo24 quede causóoctubre. elRef. perjuicioBOE-A-1983-28123.

  120. Art 313

    Modificado+24 −16 palabras

    Artículo 313. (Sin contenido) ElSe consejodeja desin familiacontenido sepor disuelveel enart. los3 mismosde casosla enLey que13/1983, sede extingue24 lade tutelaoctubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  121. Arts 307 al 313

    Nuevo+28 −0 palabras

    Arts. 307 a 313. (Sin contenido) Se dejan sin contenido por el art. 3 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  122. CAPÍTULO II

    Nuevo+25 −0 palabras

    CAPÍTULO II De la tutela Se añade por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  123. CAPÍTULO III

    Nuevo+25 −0 palabras

    CAPÍTULO III De la curatela Se añade por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  124. CAPÍTULO IV

    Nuevo+25 −0 palabras

    CAPÍTULO IV Del defensor judicial Se añade por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  125. CAPÍTULO PRIMERO

    Nuevo+24 −0 palabras

    CAPÍTULO I Disposiciones generales Se añade por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  126. CAPÍTULO V

    Nuevo+27 −0 palabras

    CAPÍTULO V De la guarda de hecho Se añade por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  127. Sección cuarta

    Nuevo+36 −0 palabras

    Sección 4.ª De la extinción de la tutela y de la rendición final de cuentas Se añade por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  128. Sección primera

    Nuevo+28 −0 palabras

    Sección 1.ª De la tutela en general Se añade por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  129. Sección primera

    Nuevo+25 −0 palabras

    Sección 1.ª Disposiciones generales Se añade por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  130. Sección segunda

    Nuevo+34 −0 palabras

    Sección 2.ª De la delación de la tutela y del nombramiento del tutor Se añade por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  131. Sección segunda

    Nuevo+30 −0 palabras

    Sección 2.ª De la curatela en casos de prodigalidad Se añade por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  132. Sección tercera

    Nuevo+28 −0 palabras

    Sección 3.ª Del ejercicio de la tutela Se añade por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  133. TÍTULO IX

    Modificado+23 −1 palabras

    TÍTULO IX De la tutelaincapacitación Se modifica la rúbrica por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

  134. TÍTULO X

    Nuevo+37 −0 palabras

    TÍTULO X De la tutela, de la curatela y de la guarda de los menores o incapacitados Se modifica por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, legislación consolidada (datos abiertos).