BOE-A-1983-28123 · Publicada en el BOE el 26 de octubre de 1983 · En vigor desde el 15 de noviembre de 1983
Ley 13/1983, de 24 de octubre, de Reforma del Código Civil en materia de tutela.
Cambia 134 artículos del Código Civil.
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Art 32
Modificado+21 −55 palabrasArtículo 32. La personalidad civil se extingue por la muerte de las personas.
La menor edad, la demencia o imbecilidad, la sordomudez, la prodigalidad y la interdicción civil no sonSemássuprimequeelrestriccionespárrafodesegundolaporpersonalidadeljurídicaart.Los que se hallaren en alguno de esos estados son susceptibles de derechos y aun2.1 deobligaciones cuandolaéstasLeynacen13/1983, delos hechos o24 derelaciones entre los bienes del incapacitado yoctubre.unRef.terceroBOE-A-1983-28123.Art 171
Modificado+26 −18 palabrasArtículo 171. La patria potestad sobre los hijos que
hubierenhubieran sido incapacitadospor deficiencias o anomalías psíquicas o por sordomudez,quedará prorrogada, por ministerio de la Ley, al llegar aquéllos a la mayor edad. Si el hijo mayor de edad soltero que viviere en compañía de sus padres o de cualquiera de ellos fuere incapacitadopor alguna de las causas indicadas,no se constituirálatutela,sino que se rehabilitará la patria potestad, que será ejercida por quien correspondiere si el hijofuesefuera menor de edad. La patria potestad prorrogada en cualquiera de estas dos formas se ejercerá con sujeción a lo especialmente dispuesto en la resolución de incapacitación y, subsidiariamente,aen las reglas del presente título. La patria potestad prorrogada terminará: 1.° Por la muerte o declaración de fallecimiento de ambos padres o del hijo. 2.° Por la adopción del hijo. 3.° Por haberse declarado la cesación de la incapacidad. 4.° Por haber contraído matrimonio el incapacitado. Si al cesar la patria potestad prorrogada subsistiere el estado de incapacitación, se constituirá la tutela. Se modifica el párrafo primero por el art. 4 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123. Se modifica por el art. 2 de la Ley 11/1981, de 13 de mayo. Ref. BOE-A-1981-11198.Art 176
Modificado+125 −1 palabrasArtículo 176.
(Suprimido)Corresponden al hijo adoptivo los mismos derechos y obligaciones que a los hijos por naturaleza. La adopción causa parentesco entre el adoptante, el adoptado, sus descendientes y la familia del adoptante. La adopción confiere al adoptante la patria potestad sobre el adoptado menor de edad. Cuando un cónyuge adopte al hijo de otro la patria potestad se atribuirá a ambos. Extinguida la patria potestad del adoptante o adoptantes se aplicarán en su caso las normas de la tutela, excluyendo de los llamamientos legales a los parientes por naturaleza. Se redacta conforme al texto del mismo que fue aprobado por la Ley 11/1981, de 13 de mayo, por el art. 5 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123. Se suprime por el art. 2 de la Ley 30/1981, de 7 de julio. Ref. BOE-A-1981-16216. Se modifica por el art. 4 de la Ley 11/1981, de 13 de mayo. Ref. BOE-A-1981-11198. Se modifica por el art. único de la Ley 7/1970, de 4 de julio. Ref. BOE-A-1970-735. Se modifica por el art. 1 de la Ley de 24 de abril de 1958. Ref. BOE-A-1958-6677.Art 199
Modificado+36 −32 palabrasArtículo 199.
ElNadieobjetopuededeserladeclaradotutelaincapazessinolaporguardasentenciadejudiciallaenpersonavirtudydebienes,lasocausassolamenteestablecidasdeenloslabienes,Ley. Sedemodificalosporque,elnoart.estando1bajode lapatriaLeypotestad13/1983,sondeincapaces24 degobernarse poroctubre.síRef.mismosBOE-A-1983-28123.Art 200
Modificado+38 −49 palabrasArtículo 200.
Están sujetos a tutela: 1.º LosSonmenorescausas deedad no emancipados legalmente. 2.ºincapacitaciónLoslaslocosenfermedades odementes, aunquedeficienciastenganpersistentesintervalosdelúcidos,carácteryfísicolososordomudospsíquico queno sepan leerimpidanyaescribir. 3.ºlaLospersonaquegobernarse porsentenciasífirmemisma. Sehubiesenmodificasidopordeclaradoselpródigos. 4art.ºLos1quedeestuviesenlasufriendoLeyla13/1983,penade 24 deinterdicciónoctubre.civilRef. BOE-A-1983-28123.Art 201
Modificado+45 −15 palabrasArtículo 201.
LaLostutelamenores de edad podrán ser incapacitados cuando concurra en ellos causa de incapacitación y seejercerápreveaporrazonablementeunquesololatutormismabajopersistirá después de lavigilanciamayoríadeldeprotutoredad. Seymodificadelporconsejoel art. 1 defamiliala Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 202
Modificado+39 −15 palabrasArtículo 202.
LosCorrespondecargospromoverdelatutordeclaración al cónyuge o descendientes y,protutorennodefectosonderenunciableséstos,sinoaenlosvirtudascendientes o hermanos del presunto incapaz. Se modifica por el art. 1 decausalalegítimaLeydebidamente13/1983,justificadade 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 203
Modificado+102 −48 palabrasArtículo 203.
LosElJuecesMinisteriomunicipalesFiscaldeldeberálugarpromoverenlaquedeclaraciónresidansi las personassujetasmencionadasaentutelaelproveeránartículoalanteriorcuidadonodeexistenéstaso no lo hubieran solicitado. A este fin, las autoridades y funcionarios públicos que, por razón de susbienescargos,mueblesconocieranhastalaelexistencianombramientode posible causa detutorincapacitación en una persona,cuandodeberánporponerlolaenleyconocimientonodelhubieseMinisteriootrasFiscal. ElencargadasJuez competente, en los mismos casos, adoptará deestaoficioobligación. Silasnomedidas que estime necesarias, y pondrá el hecho en conocimiento del Ministerio Fiscal, quien deberá solicitar del Juez lohicierenque proceda,serándentroresponsablesdel plazo delosquincedañosdías. Sequemodifica porestaelcausaart.sobrevengan1adeloslamenoresLeyo13/1983,incapacitadosde 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 204
Modificado+37 −17 palabrasArtículo 204.
LaCualquiertutelapersonaseestádefiere: 1.ºfacultadaPorparatestamento. 2.ºponerPoren conocimiento del Ministerio Fiscal los hechos que puedan ser determinantes de laleyincapacitación.3.ºSePormodifica por elconsejoart. 1 defamiliala Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 205
Modificado+39 −18 palabrasArtículo 205.
ElLatutorincapacitaciónnodeentrarálos menores prevista en eldesempeñoartículode201,sussólofuncionespodrásinserquesolicitadasupornombramientoquieneshayaejerzansidolainscritopatriaenpotestad o la tutela. Se modifica por elRegistroart. 1 detutelasla Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 206
Modificado+41 −44 palabrasArtículo 206.
TantoEnellospadreprocesoscomosobrelaincapacitaciónmadreserápuedensiemprenombrarnecesariatutorlayintervenciónprotutordelparaMinisteriosusFiscal,hijosaunquemenoresnoyhayaparasidolospromotormayoresdeincapacitadoslos mismos.En todo caso será preciso que la persona aSequienmodificasepornombreeltutorart.o1protutordenolaseLeyhalle13/1983,sometidadea24ladepotestadoctubre.deRef.otraBOE-A-1983-28123. Se modifica por el art. 4 de la Ley 11/1981, de 13 de mayo. Ref. BOE-A-1981-11198. Se modifica por el art. 1 de la Ley de 24 de abril de 1958. Ref. BOE-A-1958-6677.Art 207
Modificado+61 −33 palabrasArtículo 207.
TambiénSipuedeelnombrarMinisteriotutorFiscal hubiere promovido el procedimiento, el Juez designará un defensor al presunto incapaz a no ser que ya estuviere nombrado. En losmenoresdemásocasosincapacitadosserá defensor elqueMinisteriolesPúblico. Eldejepresuntoherenciaincapazopuedelegadocomparecerdeenimportancia.elElprocesonombramiento,consinsuembargo,propianodefensasurtiráyefectorepresentación. Sehastamodificaquepor elconsejoart. 1 defamilialahayaLeyresuelto13/1983,aceptardela24herenciadeooctubre.legadoRef. BOE-A-1983-28123.Art 208
Modificado+59 −57 palabrasArtículo 208.
TantoElelJuezpadreoirácomoalalosmadreparientespuedenmásnombrarpróximosundeltutorpresuntoparaincapaz,cadaexaminaráunoadeéstesusporhijos,síymismo,haceroirádiversoselnombramientosdictamenadefinundefacultativoquey,sesinsustituyanperjuiciounosdealasotrospruebaslospracticadasnombrados. Enacasoinstancia dedudaparte,se entenderápodránombradodecretar,undesolooficio,tutorcuantasparaestimetodospertinentes. Selosmodificahijos,poryelseart.discernirá1eldecargolaalLeyprimero13/1983, delos que24figurendeenoctubre.elRef.nombramientoBOE-A-1983-28123.Art 209
Modificado+45 −83 palabrasArtículo 209.
Si por diferentes personas se hubiereElnombradoJueztutorenparacualquierunestadomismodelmenorprocedimiento,sepodrá,discerniráaelinstanciacargo: Primero.deAlpartedesignadoopordeaqueloficio,deadoptarloslaspadresmedidas quehubiereestimeejercidonecesariasúltimamentepara lapatria potestad. Segundo. Al nombrado por el extraño que hubiese instituido herederoadecuadaalprotecciónmenordelopresunto incapazsi fuere de importancia la cuantíao delasuherenciapatrimonio.Tercero. AlSequemodificadesignarepor elque deje manda de importanciaart.Sihubiere más de un tutor en cualquiera1 delos casos segundo y tercero delaesteLeyartículo13/1983,el ConsejodeFamilia declarará24quiéndedebeoctubre.serRef.preferidoBOE-A-1983-28123. Se modifica por el art. 1 de la Ley de 24 de abril de 1958. Ref. BOE-A-1958-6677.Art 210
Modificado+48 −58 palabrasArtículo 210.
Si hallándose en ejercicio un tutor apareciere el nombrado porLaelsentenciapadre,quesedeclarelelatransferiráincapacitacióninmediatamentedeterminará latutela.extensiónSiyellostutorlímitesquedenuevamenteésta,apareciereasífuesecomo elnombrado por un extrañorégimencomprendidodeentutelalosonúmerosguarda2.ºayque3.ºhayadeldeartículoquedaranterior,sometidoseellimitaráincapacitado. Seamodificaadministrarporloselbienesart.del1quedelolahayaLeynombrado13/1983,mientras nodevaque24ladetutelaoctubre.enRef.ejercicioBOE-A-1983-28123.Art 211
Modificado+153 −27 palabrasArtículo 211.
LaEltutelainternamientolegítimade un presunto incapaz requerirá la previa autorización judicial, salvo que, razones delosurgenciamenoreshiciesennonecesariaemancipadoslacorrespondeinmediataúnicamente: 1adopción de tal medida, de la que se dará cuenta cuanto antes al Juez, y, en todo caso, dentro del plazo de veinticuatro horas.°ElAlJuez,abuelotras examinar a la persona y oír el dictamen demenosunedadfacultativo por él designado, concederá o denegará la autorización y pondrá los hechos en conocimiento del Ministerio Fiscal, a los efectos prevenidos en el artículo 203.2Sin perjuicio de lo previsto en el artículo 269.°4º,AlelmayorJuez, delosoficio,hermanosrecabaráqueinformaciónconvivasobreolahayanecesidadconvividodeconproseguir elsujetointernamiento, cuando lo crea pertinente, y, en todo caso, cada seis meses, en forma igual atutelala prevista en el párrafo anterior, y acordará lo procedente sobre la continuación o no de internamiento. Se modifica por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123. Se modifica por el art. 4 de la Ley 11/1981, de 13 de mayo. Ref. BOE-A-1981-11198. Se modifica por el art. 1 de la Ley de 24 de abril de 1958. Ref. BOE-A-1958-6677.Art 212
Modificado+53 −32 palabrasArtículo 212.
LosLajefessentenciaderecaídalasencasasun procedimiento deexpósitosincapacitaciónsonnolosimpedirátutoresque,desobrevenidaslosnuevasrecogidoscircunstancias,ypuedaeducadosinstarseenjudicialmenteellas.unaLanuevarepresentacióndeclaraciónenquejuiciotenga por objeto dejar sin efecto o modificar el alcance deaquelloslafuncionarios,incapacitaciónenyasuestablecida. Secalidadmodifica por el art. 1 detutoresla Ley 13/1983,estarádea24cargodedeloctubre.MinisterioRef.FiscalBOE-A-1983-28123.Art 213
Modificado+60 −24 palabrasArtículo 213.
NoCorrespondeseformularpuedelanombrarpeticióntutorpara iniciar el procedimiento alosquelocosse refiere el artículo anterior,dementesaylassordomudospersonasmayoresmencionadasdeenedadel artículo 202,sina las queprecedaejercierenlacargodeclaracióntutelar o tuvieran bajo su guarda al incapacitado, al Ministerio Fiscal y al propio incapacitado. Se modifica por el art. 1 dequelasonLeyincapaces13/1983,paradeadministrar24susdebienesoctubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 214
Modificado+44 −17 palabrasArtículo 214.
PuedenLassolicitarresolucionesestajudicialesdeclaraciónsobre incapacitación se anotarán o inscribirán en elcónyugeRegistroyCivil,lossinparientesperjuicio de lo dispuesto en la legislación hipotecaria y delpresuntoRegistroincapazMercantil. Sequemodificatenganporderechoelaart.sucederle1abdeintestatola Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 215
Modificado+53 −79 palabrasArtículo 215.
El Ministerio Público deberá pedirla: 1.º Cuando se trate de dementes furiosos. 2.º CuandoLanoguardaexistayningunaprotección delas personas mencionadas enlaelpersonaartículoyprecedente,bienes ocuando no hicieren usosolamente de lafacultad que les concede. 3.º Cuando elpersonacónyugeoyde losherederos del presuntobienesincapazdeseanlos menores ocarezcan de la personalidad necesariaincapacitadosparasecomparecerrealizará, enjuicio. Enlostodoscasosestosquecasosproceda,losmediante: 1.TribunalesLanombrarántutela. 2.defensorLaalcuratela. 3.presuntoElincapazdefensorquejudicial. Senomodificaquieraporoelnoart.pueda1defenderse.deEnlalosLeydemás13/1983,serádedefensor24eldeMinisteriooctubre.PúblicoRef. BOE-A-1983-28123.Art 216
Modificado+39 −19 palabrasArtículo 216.
AntesLasdefuncionesdeclarartutelareslaconstituyenincapacidadun deber,losseTribunalesejerceránoiránenalbeneficioconsejodel tutelado y estarán bajo la salvaguarda defamilialayautoridadexaminaránjudicial. Se modifica porsíelmismosart.al1denunciadodecomolaincapazLey 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 217
Modificado+31 −29 palabrasArtículo 217.
Los parientes queSólohubiesensesolicitadoadmitirá ladeclaraciónexcusa deincapacidad nolospodráncargosinformartutelaresaen losTribunalessupuestoscomolegalmentemiembrosprevistos. Sedelmodificaconsejopordeelfamilia;art.pero1tienendederecholaaLeyser13/1983,oídosdepor24éstedecuandooctubre.loRef.solicitenBOE-A-1983-28123.Art 218
Modificado+47 −23 palabrasArtículo 218.
LaLasdeclaraciónresoluciones judiciales sobre los cargos tutelares y deincapacidadcurateladeberáhabránhacersedesumariamenteinscribirse en el Registro Civil. DichasLaresolucionesquenoseseránrefieraoponibles asordomudostercerosfijarámientraslanoextensiónseyhayanlímitespracticadodelaslaoportunastutelainscripciones. Sesegúnmodifica por elgradoart. 1 deincapacidadla Ley 13/1983, deaquéllos24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 219
Modificado+50 −30 palabrasArtículo 219.
ContraLalosinscripciónautosde las resoluciones a quepongansetérminorefierealelexpedienteartículo anterior, se practicará en virtud deincapacidad,lapodráncomunicaciónlosqueinteresadosladeducirautoridaddemandajudicialendeberájuicioremitirordinariosin dilación al Encargado del Registro Civil. SeElmodificadefensorpordeellosart.incapacitados1necesitará,desinlaembargoLey 13/1983,autorizacióndeespecial24deldeconsejooctubre.deRef.familiaBOE-A-1983-28123.Art 220
Modificado+55 −79 palabrasArtículo 220. La
tutela de los locos y sordomudos corresponde: 1.° Al cónyugepersonanoqueseparadoenlegalmenteeloejercicio dehecho. 2.° Al padre y a la madre, con preferenciaunadelfunciónquetutelarambossufraacuerdendaños yen otro casoperjuicios,alsinqueculpaseñaleporelsuJuezparte,quetendráen cuenta el interés del incapacitadoderechoya larelación afectivaindemnizacióndeldemismoéstos concada uno decargosusaprogenitores. 3.°losAbieneslosdelhijostutelado,con preferenciadedelnoquepoderconvivaobtenerconporelotroincapacitadomedioysudelresarcimiento. Semayormodificasobrepor elmenor. 4art.°A1lasdepersonaslaseñaladasLeyen13/1983,eldeartículo24211de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123. Se modifica por el art. 4 de la Ley 11/1981, de 13 de mayo. Ref. BOE-A-1981-11198. Se modifica por el art. 1 de la Ley de 24 de abril de 1958. Ref. BOE-A-1958-6677.Art 221
Modificado+75 −38 palabrasArtículo 221.
La declaraciónSedeprohíbeprodigalidadadebequienhacersedesempeñeenalgúnjuiciocargocontradictorio.tutelar:La sentencia1.determinaráRecibirlosliberalidadesactosdelquetuteladoquedanoprohibidosdealsusincapacitadocausahabientes,las facultadesmientras que no se hayadeaprobadoejercerdefinitivamenteelsututorgestión. 2. Representar al tutelado cuando ensuel mismo acto intervenga en nombre,propio o de un tercero ylosexistieracasosconflictoendequeintereses. 3. Adquirir porunotítulo oneroso bienes del tutelado o transmitirle porotrosuhabrápartedebienesserporconsultadoigual título. Se modifica por elconsejoart. 1 defamiliala Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 222
Modificado+58 −38 palabrasArtículo 222.
SóloEstaránpuedensujetospediralatutela: 1.declaraciónLosdemenores no emancipados quehablanoelesténartículobajoanteriorpatriaelpotestad. 2.cónyugeLosyincapacitados,loscuandoherederoslaforzosossentenciadellopródigo,hayayestablecido. 3.porLosexcepciónsujetos a la patria potestad prorrogada,elalMinisteriocesarFiscalésta,porsalvosíqueoprocedaalainstanciacuratela. Sedemodificaalgúnporparienteel art. 1 deaquéllosla Ley 13/1983,cuandodesean24menoresdeooctubre.incapacitadosRef. BOE-A-1983-28123.Art 223
Modificado+59 −35 palabrasArtículo 223.
Cuando el demandadoLosnopadrescomparecierepodrán enjuiciotestamentoleorepresentarádocumentoelpúblicoMinisterionotarialFiscalnombrarytutor,siestablecerésteórganosfueradeparte,fiscalizaciónundedefensorlanombradotutela,porasíelcomoJuez,designarsinlasperjuiciopersonas que hayan delointegrarlosqueudetermineordenar cualquier otra disposición sobre laLeypersona o bienes deEnjuiciamientosusCivilhijossobremenoreslosoprocedimientosincapacitados. Seenmodificarebeldíapor el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 224
Modificado+51 −29 palabrasArtículo 224.
LaLasdeclaracióndisposicionesdealudidasprodigalidadennoelafectaartículoaanteriorlosvincularánderechosalyJuezdeberesalpersonalesconstituirderivadosla tutela, salvo que el beneficio delmatrimoniomenoryodeincapacitadolaexijapatriaotrapotestadcosa,nienatribuyecuyoalcasotutorlofacultadharáalgunamediantesobredecisión motivada. Se modifica por el art. 1 de lapersonaLeydel13/1983,pródigode 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123. Se modifica por el art. 2 de la Ley 14/1975, de 2 de mayo. Ref. BOE-A-1975-9245.Art 225
Modificado+62 −60 palabrasArtículo 225.
El tutor administraráCuandolosexistierenbienesdisposicionesdeenlostestamentohijosoquedocumentoelpúblicopródigonotarialhayadeltenidopadreenyanteriordematrimonio. Ellacónyugemadre,delsedeclaradoaplicaránpródigounasadministrará: 1.°yLosotrasbienesconjuntamente,deenloscuantohijosfuerancomunes. 2compatibles.°LosDebienesnogananciales. 3.°serlo,Aquellosseadministradosadoptarán por elpródigo queJuez,porencapitulacionesdecisiónomotivada,escrituralaspúblicaqueestuvieranconsidereespecialmentemásafectadosconvenientesalparalevantamientoeldetutelado. Selasmodificacargaspordelelmatrimonioart.Para1enajenardeestoslabienesLeynecesitará13/1983,autorizacióndejudicial24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123. Se modifica el párrafo segundo por el art. 5 de la Ley 11/1981, de 13 de mayo. Ref. BOE-A-1981-11198. Se modifica por el art. 2 de la Ley 14/1975, de 2 de mayo. Ref. BOE-A-1975-9245.Art 226
Modificado+45 −14 palabrasArtículo 226.
LosSeránactosineficacesdellaspródigodisposicionesanterioreshechasaen testamento o documento público notarial sobre lademandatutela si, en el momento deinterdicciónadoptarlas,noelpodrándisponenteserhubieseatacadossido privado de la patria potestad. Se modifica porcausael art. 1 deprodigalidadla Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 227
Modificado+59 −37 palabrasArtículo 227.
LaEltutelaque disponga delosbienespródigosacorresponde: 1.°títuloAlgratuitopadreenyfavoradelaunmadremenor o incapacitado,conpodrápreferenciaestablecerdellasquereglasambosdeacuerdenadministración de los mismos y,endesignarotrolacaso,personaalo personas queseñalehayaneldeJuez. 2ejercitarla.°AlLasabuelofuncionesdenomenosconferidasedadal administrador corresponden al tutor.3Se modifica por el art.°Al1mayorde la Ley 13/1983, delos24hijosdeemancipadosoctubre. Ref. BOE-A-1983-28123. Se modifica por el art. 4 de la Ley 11/1981, de 13 de mayo. Ref. BOE-A-1981-11198.Art 228
Modificado+59 −48 palabrasArtículo 228.
CuandoSiseaelfirmeMinisteriolaFiscalsentenciaoenelqueJuezsecompetentehayatuvierenimpuestoconocimientoladepenaquedeexisteinterdicción,en elMinisterioterritorioFiscaldepedirásueljurisdiccióncumplimientoalgunadepersonalosqueartículosdeba203serysometida293.aSitutela,nopediráloelhiciere,primeroseráyresponsabledispondrá el segundo, incluso delosoficio,dañoslayconstituciónperjuiciosdequelasobrevengantutela.TambiénSepuedenmodificapedirlopor elcónyugeart.y1losdeherederoslaabLeyintestato13/1983,deldepenado24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 229
Modificado+74 −46 palabrasArtículo 229.
Esta tutela seEstaránlimitaráobligados a promover laadministraciónconstitución delos bieneslaytutela,adesdelaelrepresentaciónmomento enjuicioquedelconocieranpenado. Eleltutorhechodelquepenadodéestálugarobligado,aademás,ella los parientes llamados acuidarladetutela, la personaybajobienescuyadeguardalossemenoresencuentre el menor oincapacitadosincapacitadoqueyselashallarenmencionadasbajoenlaelautoridadartículodel239,sujetoyasiinterdicciónno lo hicieren,hastaseránqueresponsablessesolidarioslesdeproveala indemnización deotrolostutordaños y perjuicios causados. Se modifica por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123. Se modifica por el art. 4 de la Ley 11/1981, de 13 de mayo. Ref. BOE-A-1981-11198. Se modifica por el art. 2 de la Ley 14/1975, de 2 de mayo. Ref. BOE-A-1975-9245.Art 230
Modificado+37 −14 palabrasArtículo 230.
LaCualquiertutelapersona podrá poner en conocimiento del Ministerio Fiscal o deloslaqueautoridadsufrenjudicialinterdicciónelsehechodefieredeterminante de la tutela. Se modifica por elordenart.establecido1endeellaartículoLey22013/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 231
Modificado+54 −29 palabrasArtículo 231.
NoElhabiendoJueztutorconstituirátestamentariola tutela,nipreviapersonasaudienciallamadasdeporloslaparientesLeymásapróximos,ejercerdelalastutelapersonasvacanteque considere oportuno,correspondey,alenconsejotodo caso, del tutelado si tuviera suficiente juicio y siempre si fuera mayor defamiliadocelaaños. Seelecciónmodifica por el art. 1 detutorlaenLeytodos13/1983,losdecasos24deldeartículooctubre.200Ref. BOE-A-1983-28123.Art 232
Modificado+40 −34 palabrasArtículo 232.
ElLaJueztutelamunicipalsequeejercerádescuidarebajo lareuniónvigilancia delconsejoJuez, que actuará, defamiliaoficio,enacualquiersolicitudcasodelenMinisterioqueFiscal,debaoproveerseadeinstanciatutordeacualquierlosinteresado. Semenoresmodificaoporincapacitados,elseráart.responsable1 delos dañoslayLeyperjuicios13/1983,adeque24dieredelugaroctubre.suRef.negligenciaBOE-A-1983-28123.Art 233
Modificado+73 −20 palabrasArtículo 233.
AlElconsejoJuezdepodráfamiliaestablecer,correspondeennombrarlaprotutorresolución por la que se constituya la tutela o en otra posterior,cuandolasnomedidaslodehayanvigilancianombradoyloscontrol quetienenestimederechooportunas,aenelegirbeneficio del tutelado. Asimismo podrá, en cualquier momento, exigir del tutorparaquelosinformemenoressobre la situación del menor o del incapacitado y del estado de la administración. Se modifica por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 234
Modificado+92 −31 palabrasArtículo 234.
ElPara el nombramiento de tutornosepuedepreferirá: 1.comenzarAl cónyuge que conviva con elejerciciomenordeo incapacitado. 2. A los padres. 3. A latutelapersonasinoquepersonashayadesignadassidopornombradoéstoselenprotutorsus disposiciones de última voluntad. 4.ElAl descendiente, ascendiente o hermano quedejaredesignedeelreclamarJuez. Excepcionalmente,esteelnombramientoJuez,seráenremovidoresolucióndemotivada,lapodrátutelaalteraryelresponderáorden del párrafo anterior o prescindir delostodasdañoslasquepersonassufraen él mencionadas, si el beneficio del menor o del incapacitado así lo exigiere. Se modifica por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 235
Modificado+46 −11 palabrasArtículo 235.
ElEnnombramientodefecto deprotutorlasnopersonaspuedemencionadasrecaeren el artículo anterior, el Juez designará tutor a quien, por sus relaciones con el tutelado y enparientebeneficio de éste, considere más idóneo. Se modifica por el art. 1 de lamismaLeylínea13/1983,deldetutor24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 236
Modificado+149 −148 palabrasArtículo 236.
ElLaprotutortutelaestáseobligadoejercerá por un sólo tutor salvo: 1.ºACuandointervenirporelconcurririnventariocircunstanciasdeespecialeslosenbienesla persona delmenortuteladoyoladeconstituciónsudepatrimonio,laconvengafianzaseparardelcomo cargos distintos el de tutor,cuandodehubierelalugarpersonaayella. 2.ºelAdesustentarlos bienes, cada uno de losderechoscualesdelactuarámenor,independientemente enjuicio yelfueraámbito deélsu competencia,siempresiquebienesténlasendecisionesoposiciónqueconconciernanlosainteresesambosdeldeberántutortomarlas conjuntamente.32.ºA llamarCuando laatencióntuteladelcorrespondaconsejoaldepadrefamiliaysobrea lagestión del tutormadre,cuandoseráleejercidaparezcaporperjudicialambosaconjuntamenteladepersonamodooanálogo alos interesesladelpatriamenorpotestad.43.ºA promover la reunión delSiconsejosededesignafamiliaaparaalgunaelpersonanombramientotutor denuevo tutor,loscuandohijosladetutelasuquedehermanovacanteyoseabandonada. 5.ºconsideraAconvenienteejercerquelaseldemáscónyugeatribucionesdelquetutorleejerzaseñalentambiénlaslaleyestutela.El4.protutorCuandoseráelresponsableJuezdenombrelostutoresdañosaylasperjuiciospersonas quesobrevengan allosmenorpadrespordelomisióntuteladoohayannegligenciadesignado enel cumplimientotestamentodeoestosdocumentodeberes. Elpúblicoprotutornotarialpuedeparaasistirejerceralalastuteladeliberacionesconjuntamente. Sedelmodificaconsejopordeelfamiliaart.y1tomardepartelaenLeyellas13/1983,perodeno24tienedederechooctubre.aRef.votarBOE-A-1983-28123.Art 237
Modificado+169 −194 palabrasArtículo 237.
No pueden ser tutores ni protutores: 1.ºEnLoselquecasoestándelsujetosnúmeroa4ºtutela. 2.ºdelLosartículoqueanterior,hubiesensisidoelpenadostestadorporloloshubieredelitosdispuesto derobo,modohurtoexpreso,receptación,yestafa,enfalsedad,elcorrupcióncasodedelmenoresnúmero 2º,abandonosidelosfamiliapadresoloescándalosolicitaran,público. 3.ºpodráLoselcondenadosJuez,aalcualquierefectuarpenaelprivativanombramiento delibertadtutores,mientras estén sufriendo la condena. 4.º Losresolver quehubiesenéstossidopuedanremovidosejercitarlegalmentelas facultades deotrala tutelaanteriorcon carácter solidario.5.ºDeLasnopersonasmediar tal clase demalanombramiento,conductaenotodosquelosnodemástuviesencasos,maneraydesinvivirperjuicioconocida. 6.ºdeLosloquebradosdispuestoyenconcursadoslosnonúmerosrehabilitados. 7.º1Losyque2,allasdeferirsefacultades de la tutela,tenganencomendadaspleitoapendientevarioscontutoreselhabránmenordesobreserelejercitadasestadoporcivil. 8.ºéstosLosconjuntamente,queperolitiguenvaldráconloelquemenorsesobrehagalaconpropiedadeldeacuerdosusdelbienes,mayoranúmero.menosAquefaltaeldepadretaloacuerdo,en su caso la madre,elsabiéndoleJuez,hayandespuésdispuestodeotraoírcosa. 9.ºaLoslosquetutoresadeudany almenor sumas detuteladoconsideración,siatuvieremenossuficientequejuicio,conresolveráconocimientosindeulteriorlarecursodeuda,lohayanquesidoestimenombradosconveniente.porPara elpadre, o, encasosudecaso,queporlosladesacuerdosmadre. 10.fueranLosreiteradosparientesymencionadosentorpeciesenengravemente elpárrafo segundoejerciciodeldeartículola293tutela,ypodrá eltutorJueztestamentarioreorganizarquesunofuncionamientohubiesenecumplidoinclusosuproveerobligacióndequenuevodichotutor. Seartículomodificalesporimpone. 11el art.Los1religiososdeprofesos. 12.laLosLeyextranjeros13/1983,quedeno24residandeenoctubre.EspañaRef. BOE-A-1983-28123. Se modifica por el art. 2 de la Ley 14/1975, de 2 de mayo. Ref. BOE-A-1975-9245. Se modifica por el art. 1 de la Ley de 24 de abril de 1958. Ref. BOE-A-1958-6677.Art 237 bis
Nuevo+65 −0 palabrasArtículo 237 bis. Si los tutores tuvieren sus facultades atribuidas conjuntamente y hubiere incompatibilidad u oposición de intereses en alguno de ellos para un acto o contrato, podrá éste ser realizado por el otro tutor, o, de ser varios, por los demás en forma conjunta. Se añade por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.
Art 238
Modificado+44 −110 palabrasArtículo 238.
Serán removidos de la tutela: 1.º Los que, después de deferida ésta, incidan en alguno deEn los casos deincapacidadquemencionan los númerospor1.º,cualquier2.º,causa3.º,cese4.º,alguno5.º,de6.º,los8.ºtutores,12 y 13 del artículo precedente. 2.º Los que se injieran enlaadministración de latutelasinsubsistiráhaberconreunidoloselrestantesconsejoadenofamiliaseryquepedidoal hacer el nombramientodel protutor, o sin haber prestado la fianzasecuandohubieradebandispuestoconstituirla,otraecosainscritodelamodohipotecariaexpreso.3.º Los que no formalicen elSeinventariomodificaenpor eltérminoart.y1 de lamanera establecida por laLeyley13/1983,o no lodehagan24condefidelidad. 4octubre.ºLos que se conduzcan mal en el desempeño de laRef.tutelaBOE-A-1983-28123.Art 239
Modificado+37 −23 palabrasArtículo 239.
ElSiconsejose tratase defamiliaunnomenorpodráacogidodeclararen establecimiento público, laincapacidadtuteladepodrálossertutoresatribuidayalprotutores,Directornidelacordarestablecimiento. Sesumodificaremoción,porsinelcitarlosart.y1oírlosde la Ley 13/1983,sidese24presentarende octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 240
Modificado+35 −46 palabrasArtículo 240.
DeclaradaSilahubiereincapacidad,queodesignaracordadatutorlapararemociónvariosporhermanos, elconsejo de familia, seJuezentenderáprocuraráconsentidoque elacuerdo, y senombramientoprocederárecaigaaenproveerunalamismatutelapersona. Sevacante,modificacuandopor eltutor no formule su reclamación ante los Tribunalesart.dentro1 delos quince días siguientes allaenLeyque13/1983,sedele24hayadecomunicadooctubre.laRef.resoluciónBOE-A-1983-28123.Art 241
Modificado+51 −26 palabrasArtículo 241.
CuandoPodránelsertutortutorespromuevatodascontiendalasjudicialpersonaslitigaráqueelseconsejoencuentrenaenexpensaseldelplenomenor;ejercicioperodepodránsusserderechospersonalmentecivilescondenadosy encostasquienes no concurra alguna de las causas de inhabilidad establecidas en losVocalesartículos siguientes. Se modifica por el art. 1 de la Ley 13/1983,sidehubiesen24procedidodeconoctubre.notoriaRef.maliciaBOE-A-1983-28123.Art 242
Modificado+41 −22 palabrasArtículo 242.
CuandoPodránlaserresolucióntambiéndeltutoresconsejolasdepersonasfamiliajurídicasseaquefavorablenoaltengantutorfinalidad lucrativa yhayaentresidocuyosadoptadafines figure la protección de menores e incapacitados. Se modifica porunanimidad,elnoart.se1admitiráderecursolaalgunoLeycontra13/1983,ellade 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 243
Modificado+82 −73 palabrasArtículo 243.
SiNoporpuedencausaserdetutores: 1.incapacidadLosnoqueentrareestuvieranelprivadostutoro suspendidos en el ejercicio desulacargo,patriaelpotestadconsejoodetotalfamiliaoproveeráparcialmenteade loscuidadosderechos dela tutela mientras seguardaresuelveydefinitivamenteeducación,sobreporelresoluciónimpedimentojudicial.Si2.elLostutorquehubiesehubierenyasidoentradolegalmenteenremovidoseldeejerciciounadeltutelacargo,anterior. 3.yLoselcondenadosconsejoadecualquierfamiliapenadeclarareprivativaladeincapacidadlibertad,omientrasacordareestén cumpliendo laremocióncondena. 4.delLostutor,condenadoslaspordeterminacionescualquier delito queadoptehagaparasuponerproveerfundadamenteaquelosnocuidadosdesempeñarándebien la tutela,. Seenmodifica por elcasoart.de1promoversedelitigio,lanoLeypodrán13/1983,ejecutarsedesin24ladepreviaoctubre.aprobaciónRef.judicialBOE-A-1983-28123.Art 244
Modificado+104 −136 palabrasArtículo 244.
Pueden excusarse de laTampocotutelapuedenyserprotutelatutores: 1.ºLosLasMinistrospersonasdelenGobiernoquienesdeconcurralaimposibilidadNaciónabsoluta de hecho. 2.ºEl Presidente de lasLosCortes,quedeltuvierenConsejoenemistaddemanifiestaEstado,condelelTribunalmenorSupremo,odelincapacitado. 3.ConsejoLasSupremopersonas deJusticia Militar, del Tribunal demalaCuentasconductadeloReinoqueynodeltuvierenConsejomanera deEconomía Nacional. 3.º Losvivireclesiásticosconocida. 4.ºLosMagistrados, Jueces y funcionarios delqueMinisteriotuvierenfiscal. 5.ºimportantesLosconflictosquedeejerzaninteresesautoridadconqueeldependamenorinmediatamenteodelincapacitado,Gobierno. 6.ºmantenganLosconmilitaresélenpleitoactivooservicio. 7.ºactuacionesLossobrequeeltuvierenestadocincocivil omássobrehijos. 8.ºlaLostitularidadquedenolospuedanbienes,atenderoaloslaquetutelalesinadeudarenmenoscabosumas desu subsistenciaconsideración.95.ºLosque, por el mal estadoquebradoshabitualydeconcursadossunosaludrehabilitados,o por su deficientesalvoinstrucción,quenolapudierentutelacumplirlobiensealossolamentedeberesdedellacargopersona.10. LosSemayoresmodificadeporsesentaelaños. 11art.Los1quedefuerenlayaLeytutores13/1983,odeprotutores24 deotraoctubre.personaRef. BOE-A-1983-28123. Se modifica por el art. 2 de la Ley 14/1975, de 2 de mayo. Ref. BOE-A-1975-9245. Se modifica por el art. 1 de la Ley de 24 de abril de 1958. Ref. BOE-A-1958-6677.Art 245
Modificado+56 −33 palabrasArtículo 245.
LosTampocoquepuedennoserfuerentutoresparienteslosdelexcluidosmenorexpresamenteoporincapacitadoelnopadreestaránoobligadosporalaaceptarmadrelaentutelasussidisposiciones eneltestamentoterritorioodeldocumentoTribunalnotarial, salvo quelaeldefiereJuezexistierenenparientesresolucióndentromotivada estime otra cosa en beneficio delsextomenorgradooquedelpuedanincapacitado. Sedesempeñarmodificaaquelporcargoel art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 246
Modificado+73 −19 palabrasArtículo 246.
LosLasexcusadoscausaspueden,deainhabilidadpeticióncontempladasdelentutorlosoartículosprotutor,243.4ºserycompelidos244.4º no se aplicarán aadmitirlos tutores designados en las disposiciones de última voluntad de los padres cuando fueren conocidas por éstos en el momento de hacer latuteladesignación,luegosalvo quehubieseelcesadoJuez,laencausaresolución motivada, disponga otra cosa en beneficio del menor o del incapacitado. Se modifica por el art. 1 de laexenciónLey 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 247
Modificado+55 −53 palabrasArtículo 247.
NoSeránseráremovidosadmisiblede laexcusatutela los quenodespuéshubiesedesidodeferidaalegadaincurrananteenelcausaconsejolegal defamiliainhabilidad,enolasereuniónconduzcandedicadamalaenconstituirelladespeñotutela. Sideellatutortutela,noporhubiereincumplimientoconcurridodealosladeberesreuniónpropios delconsejocargoniotenidoporantesnotorianoticiaineptituddeen sunombramiento,ejercicio. Sedeberámodificaalegarporlaelexcusaart.dentro1 delos diez días siguienteslaalLeyen13/1983,quedeéste24ledehubieseoctubre.sidoRef.notificadoBOE-A-1983-28123.Art 248
Modificado+40 −26 palabrasArtículo 248.
Si lasElcausasJuez, deexención fuerenoficioposterioreso alasolicitudaceptacióndel Ministerio Fiscal o de persona interesada, decretará latutelaremoción del tutor,elpreviatérminoaudienciaparadealegarlasésteempezarási,acitado,contarsecompareciere. Sedesdemodifica por eldíaart.en1quedeellatutorLeyhubiese13/1983,tenidodeconocimiento24 deellasoctubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 249
Modificado+40 −48 palabrasArtículo 249.
Las resolucionesDuranteenlaquetramitacióneldelconsejoprocedimiento defamilia desestime las excusas podrán serremoción,impugnadaspodráanteellosJuezTribunalessuspender enelsustérminofuncionesdealquincetutordías. Elyacuerdonombrardelalconsejotuteladodeunfamiliadefensorserájudicial. Sesostenidomodifica poréste a expensaseldelart.menor;1pero,desilafuereLeyconfirmado13/1983,deberá condenarse en costas aldeque24hubiesedepromovidooctubre.laRef.contiendaBOE-A-1983-28123.Art 250
Modificado+34 −37 palabrasArtículo 250.
Durante el juicio de excusa, elDeclaradaquejudicialmente laproponga estará obligado aremoción,ejercersesuprocederácargo.alNonombramientohaciéndolodeasí,nuevoeltutorconsejoendelafamiliaformanombraráestablecidapersonaenqueesteleCódigo. Sesustituya,modificaquedandopor elsustituidoart.responsable1 de lagestiónLeydel13/1983,sustitutodesi24fuerededesechadaoctubre.laRef.excusaBOE-A-1983-28123.Art 251
Modificado+73 −16 palabrasArtículo 251.
ElSerá excusable el desempeño de la tutela cuando por razones de edad, enfermedad, ocupaciones personales o profesionales, por falta de vínculos de cualquier clase entre tutortestamentarioyquetuteladoseoexcusepor cualquier otra causa, resulte excesivamente gravoso el ejercicio del cargo. Las personas jurídicas podrán excusarse cuando carezcan de medios suficientes para el adecuado desempeño de la tutela. Seperderámodificaloporqueelvoluntariamenteart.le1hubiesededejadolaelLeyque13/1983,ledenombró24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 252
Modificado+38 −15 palabrasArtículo 252. El
tutor,interesadoantesque alegue causa de excusa deberá hacerlo dentro del plazo de quince días a contar desde quesetuvieraleconocimientodefieradel nombramiento. Se modifica por elcargo,art.prestará1fianzadeparalaasegurarLeyel13/1983,buenderesultado24 desuoctubre.gestiónRef. BOE-A-1983-28123.Art 253
Modificado+55 −42 palabrasArtículo 253.
LaElfianzatutordeberápodráserexcusarsehipotecariadeocontinuarpignoraticia. Sóloejerciendoselaadmitirátutela,lasiemprepersonalquecuandohubierafuesepersonaimposibledeconstituirparecidasalgunacondicionesdeparalassustituirle,anteriores.cuandoLadurantegarantíaelquedesempeñoprestendelosaquéllafiadoreslenosobrevengaimpedirácualquieraladeadopciónlos motivos decualesquieraexcusadeterminacionescontempladosútilesenparaellaartículoconservación251. Se modifica por el art. 1 deloslabienesLeydel13/1983,menordeo24incapacitadode octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 254
Modificado+35 −51 palabrasArtículo 254.
La fianza deberá asegurar: 1.º El importe de los bienes muebles queLoentrendispuesto enpoder del tutor. 2.º Las rentaseloartículoproductosanteriorquenoduranteseunaplicaráañoarindierenlalostutelabienesencomendadadelamenorlasopersonasincapacitadojurídicas.3.º LasSeutilidadesmodificaqueporduranteelunart.año1puedadepercibirlaelLeymenor13/1983, decualquier24empresademercantiloctubre.oRef.industrialBOE-A-1983-28123.Art 255
Modificado+29 −36 palabrasArtículo 255.
Contra los acuerdos del consejo de familia señalando la cuantía, o haciendoSi lacalificacióncausa delaexcusafianzafuera sobrevenida, podráel tutorserrecurriralegadaaenloscualquierTribunales,momento. Seperomodificanoporentraráelenart.posesión1 desu cargolasinLeyhaber13/1983,prestadodela24quedeseoctubre.leRef.exijaBOE-A-1983-28123.Art 256
Modificado+55 −19 palabrasArtículo 256. Mientras se
constituyeresuelva acerca de lafianzaexcusa, elprotutorqueejercerálaloshayaactospropuestoadministrativosestará obligado a ejercer la función. No haciéndolo así, el Juez nombrará un defensor que le sustituya, quedando elconsejosustituido responsable defamiliatodoscrealosindispensablesgastosparaocasionados por laconservaciónexcusa si ésta fuera rechazada. Se modifica por el art. 1 deloslabienesLeyy13/1983,percepciónde 24 desusoctubre.productosRef. BOE-A-1983-28123.Art 257
Modificado+45 −25 palabrasArtículo 257.
LaElfianzatutorhipotecariadesignadoseráeninscritatestamentoenqueelseRegistroexcuse de laPropiedad. Latutelapignoraticiaalsetiempoconstituirádedepositandosulosdelaciónefectosperderáolovaloresque, enlosconsideraciónestablecimientosalpúblicosnombramiento,destinadosleahubiereestedejadofinel testador. Se modifica por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 258
Modificado+27 −34 palabrasArtículo 258.
Deberán pedirAdmitida lainscripciónexcusa,oseelprocederádepósito: 1.ºalElnombramientotutor. 2.ºdeElnuevoprotutortutor.3.º CualquieraSedemodificalosporvocaleseldelart.consejo1 defamilia. Los que omitierenlaestaLeydiligencia13/1983,seránderesponsables24 delos dañosoctubre.yRef.perjuiciosBOE-A-1983-28123.Art 259
Modificado+25 −50 palabrasArtículo 259. La
fianza podrá aumentarse o disminuirseAutoridaddurantejudicialeldaráejercicioposesión delasututela,cargosegúnallastutorvicisitudesnombrado. Sequemodificaexperimentenpor elcaudal del menor o incapacitado y los valores en que aquélla esté constituidaart.Nose podrá cancelar1totalmentede lafianza hastaLeyque13/1983,aprobadas las cuentasdela tutela, el tutor haya extinguido todas las responsabilidades24 desuoctubre.gestiónRef. BOE-A-1983-28123.Art 260
Modificado+36 −110 palabrasArtículo 260.
Están exentos de la obligación de afianzar la tutela: 1.ºElpadre, laJuezmadrepodráyexigirlosalabuelostutorenlalosconstitucióncasosdeenfianza queson llamados aasegurelaeltutelacumplimiento de susdescendientes. 2.º El tutor testamentario relevado por el padreobligacionesoypordeterminará lamadre, enmodalidadsuycaso,cuantía deestalaobligaciónmisma.Esta excepción cesará cuando, con posterioridad a su nombramiento, sobrevengan causasSeignoradasmodifica por eltestador, que hagan indispensable la fianza a juicio del consejo de familia. 3art.ºEl tutor nombrado con relevación1 defianza por extraños que hubiesen instituido heredero al menor olaincapazLeyo13/1983,dejándoledemanda24 deimportanciaoctubre.En este caso, la exención quedará limitada a los bienes o rentas en que consista la herencia o elRef.legadoBOE-A-1983-28123.Art 261
Modificado+46 −13 palabrasArtículo 261.
ElTambiénconsejopodrádeelfamiliaJuez,pondráen cualquier momento y con justa causa, dejar sin efecto o modificar enposesióntodoaolosentutoresparteylaagarantíalosqueprotutoresse hubiese prestado. Se modifica por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 262
Modificado+43 −19 palabrasArtículo 262. El tutor
representa alestámenorobligadooaincapacitadohacereninventariotodosde losactosbienescivilesdel tutelado dentro del plazo de sesenta días,salvoaaquelloscontar de aquel en que hubiese tomado posesión de su cargo. Se modifica pordisposiciónelexpresaart. 1 de laleyLeypuedan13/1983,ejecutardepor24sídesolosoctubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 263
Modificado+35 −17 palabrasArtículo 263.
LosLamenoresAutoridadojudicialincapacitadospodrásujetosprorrogaraestetutelaplazodebenenrespetoresoluciónymotivadaobedienciasialconcurrieretutorcausa para ello. SeÉstemodificapodráporcorregirloselmoderadamenteart. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 264
Modificado+27 −136 palabrasArtículo 264. El
tutor está obligado: 1.º A alimentar y educar alinventariomenorseoformaráincapacitadojudicialmente conarreglointervenciónadelsuMinisteriocondiciónFiscal y conestricta sujeción a las disposicionescitación desus padres, o alasque, en defecto de éstos, hubierapersonasadoptadoque elconsejoJuezdeestimefamiliaconveniente.2.º ASeprocurar,modifica porcuantos medios proporcione la fortuna del loco, demente o sordomudo, que éstos adquieran o recobren su capacidad. 3.º A hacer inventario de los bienes a que se extienda la tutela dentro del término que al efecto le señaleelconsejo de familia. 4art.ºA administrar el caudal1 delos menores o incapacitados conladiligencia de un buenLeypadre13/1983, defamilia. 5.º A solicitar oportunamente la autorización del consejo24 defamilia para todo lo que no pueda realizar sin ellaoctubre.6Ref.ºBOE-Aprocurar la intervención del protutor en todos los casos en que la ley la declara necesaria-1983-28123.Art 265
Modificado+65 −32 palabrasArtículo 265. El
inventariodinero,sealhajas,haráobjetosconpreciososintervenciónydelvaloresprotutormobiliariosyocondocumentosasistenciaque, a juicio dedoslatestigosAutoridadelegidosjudicial,pornoeldebanconsejoquedardeenfamiliapoder del tutor serán depositados en un establecimiento destinado a este efecto. LosÉstegastosdecidirá,quesegúnlaslaanterioresimportanciamedidasdelocasionencaudal,correránsiadeberácargoademásdeautorizarlos bienes del tutelado. Se modifica por elactoart.algún1Notariode la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 266
Modificado+38 −53 palabrasArtículo 266.
Las alhajas, muebles preciosos, efectos públicos y valores mercantiles oElindustriales,tutor quea juicio del consejo de familianohayanincluyadeenestareleninventariopoderlosdelcréditostutor,queserántengadepositadoscontraeneluntuteladoestablecimientosedestinadoentenderáaqueestelosfinrenuncia.LosSedemásmodificamueblesporyellosart.semovientes,1sidenolaestuvierenLeytasados13/1983,se apreciarán por peritos quededesigne24eldeconsejooctubre.deRef.familiaBOE-A-1983-28123.Art 267
Modificado+48 −27 palabrasArtículo 267. El tutor
que,esrequeridoelalrepresentanteefectodelpormenorNotarioo incapacitado, salvo para aquellos actos que pueda realizar porelsiprotutorsólooya sea porlosdisposicióntestigos,expresanodeinscribieselaenLeyeloinventariodeloslacréditossentenciaquedetengaincapacitación. Secontramodifica por elmenorart. 1 de la Ley 13/1983,sedeentenderá24quedelosoctubre.renunciaRef. BOE-A-1983-28123.Art 268
Modificado+48 −64 palabrasArtículo 268.
CuandoLosacercasujetosdealatutelapensióndebenalimenticiarespetodelymenorobedienciaoalincapacitadotutor. Losnadatutoreshubiesepodrán,resueltoen eltestamentoejercicio dela persona por quien se hizo el nombramiento desututorcargo, recabar elconsejoauxilio defamilia, en vista del inventario, decidirálaparte deautoridad.rentasPodránotambiénproductoscorregirqueadebalosinvertirsemenoresenrazonableaquellayatenciónmoderadamente.Esta resolución puede modificarse a medida que aumenteSeomodificadisminuyapor elpatrimonioart.de1losdemenoreslaoLeyincapaces13/1983,odecambie24ladesituaciónoctubre.deRef.éstosBOE-A-1983-28123.Art 269
Modificado+60 −252 palabrasArtículo 269. El tutor
necesita autorización del consejo de familia: 1.º Para imponer al menor losestácastigosobligadodeaquevelartratanpor elnúmero 2.º deltuteladoartículoy,155enyparticular: 1.elAartículoprocurarle156alimentos. 2.ºParaAdareducar al menoruna carrera u oficio determinado cuando esto no hubiese sido resuelto por los padres,ypara modificar las disposiciones queprocurarleéstosunahubiesenformaciónadoptadointegral. 3.ºPara recluir al incapaz en un establecimiento de salud, a menos que la tutela esté desempeñada por elApadre,promover lamadreadquisición oalgún hijo. 4.º Para continuar el comerciorecuperaciónode laindustria a que el incapacitado o sus ascendientes o loscapacidad delmenor hubiesen estado dedicados. 5.º Para enajenar o gravar bienes que constituyan el capital de los menores o incapaces, o hacer contratos o actos sujetos a inscripción. 6.º Paratuteladocolocaryelsudineromejorsobranteinserción encada año después de cubiertas las obligaciones delatutelasociedad.74.ºParaAprocederinformaraallaJuezdivisiónanualmentedesobre laherencia o de otra cosa quesituacióneldel menor o incapacitadoposeyere enycomún. 8.ºrendirleParacuentaretiraranual de sucolocación cualquier capital que produzca interesesadministración.9.º Para dar ySetomarmodificadineroporaelpréstamo. 10art.Para aceptar sin beneficio1 deinventario cualquier herencia, o para repudiar ésta o las donaciones. 11. Para hacer gastos extraordinarios en las fincas cuya administración comprendalatutela. 12. Para transigir y comprometer en árbitros las cuestiones en que el menor o incapacitado estuviereLeyinteresado.13. Para entablar demandas en nombre/1983, delos sujetos a tutela y para sostener los recursos24 deapelación y casación contra las sentencias en que hubiesen sido condenadosoctubre.Seexceptúan las demandas y recursos en los juiciosRef.verbalesBOE-A-1983-28123.Art 270
Modificado+54 −36 palabrasArtículo 270. El
consejotutordeúnicofamiliay,noenpodrásuautorizarcaso,aleltutordeparalosenajenarbienesoesgravarellosadministradorbieneslegal delmenorpatrimonioodeincapacitadolossinotuteladosporycausasestádeobligadonecesidadaoejercerutilidad,dichaqueadministraciónelcontutorlaharádiligenciaconstardedebidamenteun buen padre de familia.LaSeautorizaciónmodificarecaeráporsobreelcosasart.determinadas1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 271
Modificado+113 −24 palabrasArtículo 271. El
consejotutor necesitará autorización judicial: 1. Para internar al tutelado en un establecimiento defamilia,saludantesmental o deconcedereducaciónautorizaciónoparaformación especial. 2. Para enajenar o gravar bienes inmuebles, establecimientos mercantiles oconstituirindustriales,derechosobjetosrealespreciososayfavorvalores mobiliarios deterceroslos menores o incapacitados,podráooírcelebrarpreviamentecontratos o realizar actos susceptibles de inscripción. Se exceptúa la venta del derecho de suscripción preferente de acciones. 3. Para renunciar derechos, así como transigir o someter a arbitraje cuestiones en que eldictamentutelado estuviese interesado. 4. Para realizar la partición deperitoslasobreherencia o la división de una cosa común, lascondicionescualesdelunagravamenvezypracticadas, requerirán además laposibilidadaprobación judicial. Se modifica por el art. 1 demejorarlasla Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 272
Modificado+127 −45 palabrasArtículo 272.
CuandoTambiénsenecesitarátrateeldetutorbienesautorizacióninmuebles,judicial: 1. Para aceptar sin beneficio dederechosinventarioinscribiblescualquier herencia, odeparaalhajasrepudiar ésta omuebleslascuyoliberalidades. 2.valorParaexcedahacer gastos extraordinarios en los bienes. 3. Para entablar demanda en nombre de los sujetos a tutela salvo en los asuntos urgentes o de escasa cuantía. 4.000pesetas,Paralacederenajenaciónbienesseenharáarrendamientosensujetospúblicaasubastaprórrogaconforzosa. 5.intervenciónParadeldartutoryotomarprotutordinero a préstamo.Los6.valoresParabursátilesdisponer a título gratuito de bienes o derechos del tutelado,asísalvolosautorizaciónpúblicosjudicial. 7.comoPara ceder a terceros losmercantilescréditos que el tutelado tenga contra él, oindustrialesadquirir a título oneroso los créditos de terceros contra el tutelado,seránsalvovendidosautorización judicial en cualquiera de los dos casos. Se modifica poragenteel art. 1 debolsalaoLeycorredor13/1983, decomercio24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 273
Modificado+58 −18 palabrasArtículo 273.
ElAntestutorderespondeautorizar cualquiera de losinteresesactoslegalescomprendidosdelencapitallosdelartículosmenorprecedentes,cuandoel Juez oirá al Ministerio Fiscal,porysualomisióntutelado si fuese mayor de doce años onegligencialo considerara oportuno,quedareyimproductivorecabará los informes que le sean solicitados osinestimeempleopertinentes. Se modifica por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 274
Modificado+86 −52 palabrasArtículo 274.
LaElautorizacióntutorparatienetransigirderechooacomprometerunaenretribución,árbitrossiempredeberáqueserelpedidapatrimoniopordelescritotutelado lo permita. Corresponde al Juez fijar su importe y el modo de percibirlo, para lo cual tendrá enquecuenta eltutortrabajoexpreseatodasrealizarlasycondicionesel valor yventajasla rentabilidad delalostransacción. Elbienes,consejoprocurandodeenfamilialopodráposibleoírqueelladictamencuantía deunolaoretribuciónmásnoletrados,bajesegúndella4importanciapor 100 ni exceda delasunto,20yporconcederá100odelnegarárendimientolalíquidoautorizaciónde los bienes. SeSimodifica por el art. 1 de laotorgareLey 13/1983,lodehará24constardeenoctubre.elRef.actaBOE-A-1983-28123.Art 275
Modificado+48 −143 palabrasArtículo 275.
Se prohíbe a los tutores: 1.º Donar o renunciar cosas o derechos pertenecientes al menor o incapacitado. Las donaciones que por causa de matrimonio hicierenSólo losmenores con aprobación depadres,lasypersonasenquesushayandisposiciones deprestar su consentimiento para elúltimamatrimoniovoluntad,serán válidaspodránsiempreestablecer queno excedan del límiteelseñaladotutorporhagalasuyosley. 2.ºlosCobrarfrutos de losdeudores del menor o incapacitado, sin intervenciónbienes delprotutor, cantidades superiores a 5.000 pesetas,tutelado ano ser que procedancambio deintereses, rentas o frutos. La paga hecha sin este requisito sólo aprovechará aprestarle losdeudores cuandoalimentos,justifiquensalvo quela cantidad percibida se ha invertido en utilidad del menor o incapacitado. 3.º HacerseelpagoJuez,sin intervenciónendelresoluciónprotutormotivada,de los créditos quedispongaleotracorrespondancosa.4.ºSeComprarmodifica porsí oelporart.medio1 deotra persona los bienes del menorlaoLeyincapacitado13/1983,a menos que expresamente hubiese sido autorizado para ellodepor24eldeconsejooctubre.deRef.familiaBOE-A-1983-28123.Art 276
Modificado+66 −91 palabrasArtículo 276.
El tutor tiene derecho a una retribución sobre los bienes delLamenortutelaoseincapacitado.extingue:Cuando1.éstaCuandonoelhubieremenorsidodefijadaedadporcumple losque nombraron el tutordieciochotestamentarioaños,o cuando se trate de tutores legítimos o dativos,aelmenosconsejoquedeconfamiliaanterioridadlahubierafijarásidoteniendojudicialmenteenincapacitado. 2.cuentaPor laimportanciaadopción delcaudal y el trabajo quetuteladohamenor deproporcionar su administraciónedad.En3.ningúnPorcasofallecimientobajaráde laretribución del 4, ni excederápersonadelsometida10aportutela. 4.100Pordelalasconcesiónrentasalomenorproductosdellíquidosbeneficio deloslabienesmayor edad.ContraSeelmodificaacuerdoporenelqueart.se1fijede laretribución delLeytutor13/1983,podrádeéste24recurrirdeaoctubre.losRef.TribunalesBOE-A-1983-28123.Art 277
Modificado+71 −12 palabrasArtículo 277.
SiTambién se extingue la tutela: 1. Cuando habiéndose originado por privación o suspensión de la patria potestad, elconsejotitular defamiliaéstasostuvierelasurecupere. 2.acuerdo,Allitigarádictarsealaexpensasresolucióndeljudicialmenorque pongan fin a la incapacitación, oincapacitadoque modifique la sentencia de incapacitación en virtud de la cual se sustituye la tutela por la curatela. Se modifica por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 278
Modificado+45 −35 palabrasArtículo 278.
ConcluyeContinuarálaeltutela: 1.ºtutorPorenllegarel ejercicio de su cargo si el menor sujeto alatutelaedadhubiesedesidodieciochoincapacitadoaños,antesporde lahabilitaciónmayoría de edady,porconformeadopción. 2.ºaPorlohaberdispuestocesadoen lacausasentenciaquedelaincapacitación. Semotivó,modificacuandoporseeltrataart. 1 deincapacesla Ley 13/1983,sujetosdea24interdiccióndeooctubre.pródigosRef. BOE-A-1983-28123. Se modifica el apartado 1 por el art. 2 del Real Decreto-ley 33/1978, de 16 de noviembre. Ref. BOE-A-1978-28627. Téngase en cuenta que se fija la mayoría de edad civil a los veintiún años por el art. 1 de la Ley de 13 de diciembre de 1943. Ref. BOE-A-1943-11711.Art 279
Modificado+73 −82 palabrasArtículo 279. El
pariente colateral del menor o incapacitado, y el extrañotutorquealnocesarhubieseenobtenidosuselfuncionescargodeberáderendirtutorlaconcuentalageneralasignaciónjustificada defrutos porsualimentos,administraciónrendiránanteallaconsejoAutoridaddejudicialfamiliaencuentaselanualesplazo desu gestión. Estastrescuentasmeses,examinadasprorrogables por elprotutor y censuradastiempoporqueelfuereconsejo,necesarioseránsidepositadasconcurreenjustalacausa. LaSecretaríaaccióndelparaTribunalexigirdondelaserendiciónhubiesederegistradoestalacuentatutela. Siprescribeelatutorlosnocincoseaños,conformasecontadoscondesde laresoluciónterminación delconsejo, podráplazorecurrirestablecidoaparalosefectuarlo. SeTribunales,modificaanteporloselcualesart.los1interesesdedellamenorLeyo13/1983,incapacitadodeserán24defendidosdeporoctubre.elRef.protutorBOE-A-1983-28123.Art 280
Modificado+54 −56 palabrasArtículo 280.
ElAntestutordequeresolverseasobrereemplazadolaporaprobaciónotrodeestarálaobligadocuenta,y lo mismoelsusJuezherederos,oiráaalrendirnuevocuentatutorgeneralo,deenlasututelacaso, alque le reemplace,curadorcuyaocuentaalserádefensorexaminadajudicial, ycensurada ena laformapersona quepreviene el artículo precedente.hubieraElestadonuevosometidatutoraserátutelaresponsableoalamenorsusdeherederos. Selosmodificadañosporyelperjuicios,art.si1nodepidierelayLeytomare13/1983,lasdecuentas24 desuoctubre.antecesorRef. BOE-A-1983-28123.Art 281
Modificado+36 −28 palabrasArtículo 281.
AcabadaLos gastos necesarios de latutela,rendicióneldetutorcuentas,oseránsusaherederoscargoestándelobligadosqueaestuvodarsometidocuentaadetutela. Sesumodificaadministraciónporalelqueart.haya1estadodesometidolaaLeyaquélla13/1983,odea24susderepresentantesoctubre.oRef.derechohabientesBOE-A-1983-28123.Art 282
Modificado+32 −21 palabrasArtículo 282.
Las cuentasElgeneralessaldo de latutelacuentaserángeneralcensuradasdevengaráeinterésinformadaslegal,poraelfavorconsejoodeenfamiliacontradentrodel tutor. Se modifica por el art. 1 deunlaplazoLeyque13/1983,nodeexcederá24 deseisoctubre.mesesRef. BOE-A-1983-28123.Art 283
Modificado+47 −28 palabrasArtículo 283.
LasSicuentaseldebensaldoiresacompañadasadefavorsusdeldocumentostutor,justificativos.devengaráSólointeréspodrálegalexcusarsedesdelaquejustificacióneldequelosestuvogastossometidomenudosa tutela sea requerido para el pago, previa entrega dequesusunbienes. Sediligentemodificapadrepor el art. 1 defamilialanoLeyacostumbra13/1983,aderecoger24recibosde octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 284
Modificado+32 −11 palabrasArtículo 284.
LosSigastoses en contra del tutor, devengará interés legal desde la aprobación de larendicióncuenta. Se modifica por el art. 1 decuentaslacorreránLeya13/1983,cargodedel24menordeooctubre.incapacitadoRef. BOE-A-1983-28123.Art 285
Modificado+41 −68 palabrasArtículo 285.
Hasta pasados quince días después de la rendición deLacuentasaprobaciónjustificadasjudicial nopodrán los causahabientes delimpedirámenor,eloejercicioéste,desilasyaaccionesfuerequemayor,recíprocamentecelebrarpuedanconasistirelal tutorconvenioyalgunoalquetuteladoseorelacioneaconsuslacausahabientesgestiónpor razón de la tutela.ElSeconsejomodificadeporfamilia,elsinart.perjuicio1 delos arreglos que pasado este plazo puedan hacerlalosLeyinteresados13/1983,deberá denunciar a los Tribunales cualesquiera delitos que se hubiesen cometido por el tutor en eldeejercicio24 delaoctubre.tutelaRef. BOE-A-1983-28123.Art 286
Modificado+54 −56 palabrasArtículo 286.
El saldoEstánquesujetosdealascuratela: 1.cuentasLosgeneralesemancipadosresultarecuyosapadresfavorfallecieren oen contra del tutor produciráquedaraninterésimpedidoslegal. Enpara elprimerejerciciocaso,dedesdelaqueasistenciaelprevenidamenorporsealarequeridoLey. 2.paraLoselquepago,obtuvierenpreviaelentregabeneficio desuslabienesmayor edad.En el segundo, desde3.laLosrendicióndeclaradosdepródigos. Secuentasmodificasiporhubiesenelsidoart.dadas1dentrodedellatérminoLeylegal13/1983,y sideno24desdedequeoctubre.ésteRef.expireBOE-A-1983-28123.Art 287
Modificado+53 −23 palabrasArtículo 287.
LasIgualmenteaccionesprocedequelarecíprocamentecuratelaasistanparaallastutorpersonasyaalquienesmenorlaporsentenciarazóndedelincapacitaciónejercicioo,deen su caso, latutelaresoluciónsejudicialextinguenque la modifique coloquen bajo esta forma de protección en atención alossucincogradoañosde discernimiento. Se modifica por el art. 1 deconcluidalaéstaLey 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 288
Modificado+48 −23 palabrasArtículo 288. En los
JuzgadoscasosdedelPrimeraartículoInstancia286habrálaunocuratelaonovariostendrálibrosotrodondeobjetosequetomelarazónintervencióndedellascuradortutelasenconstituidaslosduranteactoselqueañolosenmenores o pródigos no puedan realizar por si solos. Se modifica por elrespectivoart.territorio1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 289
Modificado+42 −14 palabrasArtículo 289.
EstosLalibroscuratelaestarándebajolos incapacitados tendrá por objeto la asistencia del curador para aquellos actos que expresamente imponga la sentencia que la haya establecido. Se modifica por elcuidadoart. 1 deunlasecretarioLeyjudicial13/1983,eldecual24harádelosoctubre.asientosRef.gratuitamenteBOE-A-1983-28123.Art 290
Modificado+53 −103 palabrasArtículo 290.
El registro de cada tutela deberá contener: 1.º El nombre, apellido, edad y domicilio del menor o incapaz, ySi laextensión y límitesentencia dela tutela, cuandoincapacitaciónhayanosidohubiesejudicialmenteespecificadodeclaradaloslaactosincapacidad. 2.ºenElquenombre,debaapellido,serprofesiónnecesariayladomiciliointervención deltutor y lacuradorexpresiónsedeentenderásiqueeséstatestamentario,selegítimoextiendeoadativo. 3.ºlosElmismosdíaactos en quehaya sido deferida la tutela y prestada la fianza exigida allostutor,tutoresexpresandonecesitan,ensegúnsuestecasoCódigo,la clase de bienes en que la hayaautorizaciónconstituidojudicial.4.º La pensión alimenticia que se hayaSeasignadomodificaalpormenoreloart.incapaz1ode ladeclaración deLeyque13/1983,sedehan24compensadodefrutosoctubre.porRef.alimentosBOE-A-1983-28123.Art 291
Modificado+44 −29 palabrasArtículo 291.
AlSonpieaplicablesdeacadalosinscripcióncuradoresselasharánormasconstarsobre nombramiento,alinhabilidad,comenzarexcusaelyañoremociónjudicial,desiloseltutores. Notutorpodránhaserrendidocuradorescuentaslosdequebradossuygestiónconcursadosenno rehabilitados. Se modifica por elcasoart. 1 dequelaestéLeyobligado13/1983,adedarlas24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 292
Modificado+50 −23 palabrasArtículo 292.
LosSiJueceselexaminaránsometidoanualmenteaestoscuratelaregistroshubieseyestadoadoptaránconlasanterioridaddeterminacionesbajonecesariastutela,endesempeñarácadaelcasocargoparadedefendercuradorloselinteresesmismodequelashubiesepersonassidosujetassu tutor, atutelamenos que el Juez disponga otra cosa. Se modifica por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 293
Modificado+50 −131 palabrasArtículo 293.
Si el Ministerio Público o el Juez municipal tuvieren conocimiento de que existe en el territorio de su jurisdicción alguna de las personas a que se refiere el art. 200, pedirá el primero yLosordenaráactoseljurídicossegundo,realizadosdesinoficiolaointervenciónadelexcitacióncuradorfiscal,cuandosegúnéstalosseacasospreceptiva,la constitución del consejo de familia. Estánseránobligadosanulables aponer en conocimientoinstancia delJuez municipal el hecho quepropiodacuradorlugaroade latutela en el momento que lo supieren: el tutor testamentario, los parientespersonallamadossujeta ala tutela legítima y los que por ley son Vocales del consejocuratela,quedando responsables,desiacuerdonoconloloshicieren,artículosde1.301layindemnizaciónsiguientes dedaños yesteperjuiciosCódigo.El Juez municipal citará a las personas queSedebanmodificaformarpor elconsejo de familia, haciéndoles saber elart.objeto1 de lareunión y elLeydía13/1983,hora y sitio en quedeha24 deteneroctubre.lugarRef. BOE-A-1983-28123.Art 294
Modificado+53 −125 palabrasArtículo 294.
El Consejo dePodránFamiliapedirselacompondrádeclaración delas personas queprodigalidad elpadrecónyuge,olosladescendientesmadre,oenascendientessuquecaso,percibanhubiesenalimentosdesignadodelenpresuntosupródigotestamento,oyseenencuentrensuendefecto,situación delos ascendientes y descendientesreclamárselos, ydeloshermanos del menorrepresentantesolegalesincapacitado,de cualquieraque sea su número ydesexoellos. Si nollegaren a cinco, se completarálaconpidieren losparientes más próximos; y, si no losrepresentanteshubierelegales,o no estuvieren obligados a formar parte delloConsejo,hará elJuez nombrará en su lugar personas honradas, prefiriendo a los amigos de los padres del menor oMinisterioincapacitadoFiscal.Si no hubiere ascendientes, descendientes y hermanos, elSeJuezmodificaconstituirápor elConsejo con los cinco parientes más próximos del menor o incapacitado, y cuando no hubiere parientes en todo o en parte, losart.suplirá1condeotraslapersonasLeyhonradas13/1983,prefiriendo a losdeamigos24 delosoctubre.padresRef. BOE-A-1983-28123. Se modifica por el art. 1 de la Ley de 24 de abril de 1958. Ref. BOE-A-1958-6677.Art 295
Modificado+25 −31 palabrasArtículo 295.
Para elLaConsejodeclaración deFamilia será preferido el grado más próximo alprodigalidadmásdeberemoto;hacerse enigualdad de grado, el varónjuicioacontradictorio. Selamodificamujer,poryelenart.igualdad1 degradolayLeysexo13/1983,ladepersona24 demásoctubre.edadRef. BOE-A-1983-28123. Se modifica por el art. 1 de la Ley de 24 de abril de 1958. Ref. BOE-A-1958-6677.Art 296
Modificado+57 −38 palabrasArtículo 296.
LosCuandoTribunaleselpodrándemandadosubsanarporlaprodigalidadnulidadnoquecompareciereresulteendeellajuicio,inobservancialederepresentaráloselartículosMinisterioanterioresFiscal y, sinoéstesefueradebiereparte,alundolodefensorninombradocausarepor el Juez, sin perjuicioade lo que determina lapersonaLeyodebienesEnjuiciamientodelCivilsujetosobrealostutela,procedimientosperoenreparandorebeldía. Se modifica por elerrorart.cometido1ende laformaciónLeydel13/1983,consejode 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 297
Modificado+34 −54 palabrasArtículo 297.
NoLospodránactosserdelobligadosdeclaradoapródigoformaranterioresparteadellaconsejodemanda defamilia los parientes delprodigalidadmenornoopodránincapacitadoserllamadosatacados porla Leyestaquecausa. Senomodificaresidierenpordentroeldelart.radio1 de30 kilómetros del Juzgado en que radicaselatutela; pero serán vocales del consejo si voluntariamente se prestan a aceptar elLeycargo13/1983,para lo cualdedebe24citarlesdeeloctubre.JuezRef.municipalBOE-A-1983-28123.Art 298
Modificado+33 −47 palabrasArtículo 298.
Las causas que excusan, inhabilitan y dan lugar a laLaremociónsentenciadedeterminará lostutoresactosyqueprotutoreselsonpródigoaplicablesnoapuedelosrealizarvocalessindelelconsejoconsentimientodedelfamiliacurador.No podrán tampoco ser vocales las personasSeamodificaquienespor elpadre, oart.la1madre,deenlasuLeycaso13/1983,hubiesen excluido en sudetestamento24 deesteoctubre.cargoRef. BOE-A-1983-28123.Art 299
Modificado+139 −11 palabrasArtículo 299.
ElSetutornombrará un defensor judicial que represente y ampare los intereses de quienes se hallen en alguno de los siguientes supuestos: 1. Cuando en algún asunto exista conflicto de intereses entre los menores o incapacitados y sus representantes legales o elprotutorcurador. En el caso de tutela conjunta ejercida por ambos padres, si el conflicto de intereses existiere sólo con uno de ellos, corresponderá al otro por ley, y sin necesidad de especial nombramiento, representar y amparar al menor o incapacitado. 2. En el supuesto de que, por cualquier causa, el tutor o el curador nopodrándesempeñaresersusafunciones hasta que cese lavezcausavocalesdeterminantedeloconsejose designe otra persona para desempeñar el cargo. 3. En todos los demás casos previstos en este Código. Se modifica por el art. 1 defamiliala Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 299 bis
Nuevo+92 −0 palabrasArtículo 299 bis. Cuando se tenga conocimiento de que una persona debe ser sometida a tutela y en tanto no recaiga resolución judicial que ponga fin al procedimiento, asumirá su representación y defensa el Ministerio Fiscal. En tal caso, cuando además del cuidado de la persona hubiera de procederse al de los bienes, el Juez podrá designar un Administrador de los mismos, quien deberá rendirle cuentas de su gestión una vez concluida. Se añade por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.
Art 300
Modificado+53 −49 palabrasArtículo 300.
LaElJuntaJuez,para la formación delenconsejoprocedimiento defamiliajurisdicción voluntaria,serádepresididaoficioporoelaJuezpeticiónmunicipal.delLosMinisteriocitadosFiscal,estántutor,obligadoscuradoraocomparecerdepersonalmentecualquierootraporpersonamediocapaz deapoderadocomparecerespecialen juicio,quenombraránuncadefensorpodráarepresentarquienmásestimequemásaidóneounaparasolaelpersonacargo.SiSenomodificacomparecieren,por elJuezart.podrá1imponerlesdeunalamultaLeyque13/1983,nodeexceda24 de50octubre.pesetasRef. BOE-A-1983-28123.Art 301
Modificado+37 −32 palabrasArtículo 301.
FormadoSeránelaplicablesconsejoaldedefensorfamiliajudicialporlaselcausaJuezdemunicipalinhabilidad,procederáexcusasaquélyaremocióndictardetodasloslastutoresmedidasynecesariascuradores. Separamodificaatenderporaellaart.persona1ydebienesladelLeymenor13/1983,odeincapacitado24ydeconstituiroctubre.laRef.tutelaBOE-A-1983-28123.Art 302
Modificado+39 −51 palabrasArtículo 302. El
Consejo de familia para los hijos no matrimoniales sedefensorconstituirájudicialbajotendrá lasmismas reglasatribuciones queel deleloshayahijosconcedidomatrimoniales,elperoJueznombrandoalVocalesqueadeberálosrendirparientescuentasdeldepadresuogestiónmadreunalegalmentevezconocidoconcluida.Si la filiación noSeestámodificadeterminada,por elConsejo se formaráart.con1eldeFiscalladelLeyDistrito13/1983,que serádePresidente,24ydecuatrooctubre.vecinosRef.honradosBOE-A-1983-28123. Se modifica por el art. 4 de la Ley 11/1981, de 13 de mayo. Ref. BOE-A-1981-11198.Art 303
Modificado+80 −20 palabrasArtículo 303.
LaSinadministraciónperjuicio decadaloestablecimientodispuesto en los artículos 203 y 228, cuando la autoridad judicial tenga conocimiento debeneficencialatendráexistenciasobredelosunhuérfanosguardadormenoresdeacogidoshechotodaspodrálasrequerirlefacultadespara quecorrespondeninformeade la situación de la persona y lostutoresbienes del menor o del presunto incapaz yaldeconsejosu actuación en relación con los mismos, pudiendo establecer asimismo las medidas defamiliacontrol y vigilancia que considere oportunas. Se modifica por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Art 304
Modificado+40 −64 palabrasArtículo 304.
SeráLospresidenteactosdelrealizadosconsejopor elvocal que eligieren los demás. Corresponde al presidente: 1.º Reunirguardadoreldeconsejohechocuandoenleinterésparecieredelconvenientemenor olo pidieren los vocalespresuntooincapazelnotutorpodránoserelimpugnadosprotutor,siyredundanpresidirensussudeliberacionesutilidad.2.º RedactarSeymodificafundarporsuselacuerdos,art.haciendo1constarde laopinión de cadaLeyuno13/1983, delos vocales y que éstos autoricen el acta con24sudefirma. 3octubre.ºEjecutar losRef.acuerdosBOE-A-1983-28123.Art 305
Modificado+21 −39 palabrasArtículo 305.
El consejo de familia no podrá adoptar resolución sobre los puntos que le(Sinfuerencontenido) Sesometidosdeja sinque estén presentes,contenido porlo menos, treselvocalesart.Losacuerdos se tomarán siempre por mayoría1 devotos. EllavotoLeydel13/1983,presidentededecidirá24endecasooctubre.deRef.empateBOE-A-1983-28123.Art 306
Modificado+31 −44 palabrasArtículo 306.
LosSerávocalesaplicabledelalconsejoguardador defamiliahechoestánloobligadosdispuestoaenasistirelaartículolas220reunionesrespecto delmismo a que fueren convocadostutor.Si no asistieren, ni alegarenSeexcusamodificalegítima,por elpresidente del consejo lo pondráart.en1conocimientodedellaJuezLeymunicipal13/1983,quien podrá imponerles una multa que nodeexceda24 de50octubre.pesetasRef. BOE-A-1983-28123.Art 307
Modificado+23 −38 palabrasArtículo 307.
Ningúnvocal del consejo de familia asistirá a su(Sinreunión,contenido) Senidejaemitirásinsucontenidovoto,porcuandoelseart.trate3 denegocio en que tengan interés él, sus descendientes, ascendientes o consorte; pero podrálaserLeyoído13/1983,sideel24consejodelooctubre.estimaRef.convenienteBOE-A-1983-28123.Art 308
Modificado+21 −49 palabrasArtículo 308.
Eltutor y el protutor tienen obligación de asistir a las reuniones del consejo de(Sinfamilia,contenido) Seperodeja sinvoto, cuando fueren citados. También podrán asistir siemprecontenidoquepor elconsejo se reúna a su instanciaart.Tienederecho a asistir y ser oído el sujeto3adetutelalasiempreLeyque13/1983,seademayor24 decatorceoctubre.añosRef. BOE-A-1983-28123.Art 309
Modificado+22 −18 palabrasArtículo 309.
Elconsejo(Sindecontenido) Sefamiliadejaconocerásindecontenidolospornegocioselqueart.sean3 desu competencialaconformeLeya13/1983,lasdedisposiciones24 deesteoctubre.CódigoRef. BOE-A-1983-28123.Art 310
Modificado+21 −48 palabrasArtículo 310.
Delas decisiones del consejo(Sindecontenido) Sefamiliadejapuedensinalzarsecontenidoantepor elJuez de Primera Instancia los vocales que hayanart.disentido3 de lamayoría al votarse el acuerdo, así como también el tutor, el protutor o cualquier pariente del menor u otro interesado en laLeydecisión13/1983,salvodeel24casodedeloctubre.artículoRef.242BOE-A-1983-28123.Art 311
Modificado+21 −29 palabrasArtículo 311.
Alterminar(Sinlacontenido) Setuteladejaysindisolversecontenido porconsecuenciaelconsejo de familia, entregará éste al que hubiese estado sujeto a tutela, oart.a3quienderepresentelasusLeyderechos13/1983,lasdeactas24 desusoctubre.sesionesRef. BOE-A-1983-28123.Art 312
Modificado+21 −36 palabrasArtículo 312.
Losvocales del consejo de familia son responsables(Sindecontenido) Selosdejadañossinquecontenido porsu malicia o negligencia culpable sufriereelsujeto a tutelaart.Seeximirán3 deesta responsabilidad los vocales quelahubiesenLeydisentido13/1983,deldeacuerdo24quedecausóoctubre.elRef.perjuicioBOE-A-1983-28123.Art 313
Modificado+24 −16 palabrasArtículo 313. (Sin contenido)
ElSeconsejodejadesinfamiliacontenidosepordisuelveelenart.los3mismosdecasoslaenLeyque13/1983,sedeextingue24ladetutelaoctubre. Ref. BOE-A-1983-28123.Arts 307 al 313
Nuevo+28 −0 palabrasArts. 307 a 313. (Sin contenido) Se dejan sin contenido por el art. 3 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.
CAPÍTULO II
Nuevo+25 −0 palabrasCAPÍTULO II De la tutela Se añade por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.
CAPÍTULO III
Nuevo+25 −0 palabrasCAPÍTULO III De la curatela Se añade por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.
CAPÍTULO IV
Nuevo+25 −0 palabrasCAPÍTULO IV Del defensor judicial Se añade por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.
CAPÍTULO PRIMERO
Nuevo+24 −0 palabrasCAPÍTULO I Disposiciones generales Se añade por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.
CAPÍTULO V
Nuevo+27 −0 palabrasCAPÍTULO V De la guarda de hecho Se añade por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.
Sección cuarta
Nuevo+36 −0 palabrasSección 4.ª De la extinción de la tutela y de la rendición final de cuentas Se añade por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.
Sección primera
Nuevo+28 −0 palabrasSección 1.ª De la tutela en general Se añade por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.
Sección primera
Nuevo+25 −0 palabrasSección 1.ª Disposiciones generales Se añade por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.
Sección segunda
Nuevo+34 −0 palabrasSección 2.ª De la delación de la tutela y del nombramiento del tutor Se añade por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.
Sección segunda
Nuevo+30 −0 palabrasSección 2.ª De la curatela en casos de prodigalidad Se añade por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.
Sección tercera
Nuevo+28 −0 palabrasSección 3.ª Del ejercicio de la tutela Se añade por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.
TÍTULO IX
Modificado+23 −1 palabrasTÍTULO IX De la
tutelaincapacitación Se modifica la rúbrica por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.TÍTULO X
Nuevo+37 −0 palabrasTÍTULO X De la tutela, de la curatela y de la guarda de los menores o incapacitados Se modifica por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123.
Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, legislación consolidada (datos abiertos).