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BOE-B-2026-33422 · Publicado en el BOE el 14 de octubre de 2026 · V.B. Otros anuncios oficiales

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. de información pública del expediente de extinción del aprovechamiento de agua del río Cúa, en el paraje El Pascón en Vega de Espinareda, término municipal de Vega de Espinareda (León), con destino a riego. Expediente: A/24/04322/E.

Departamento
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Reproducción del texto publicado en el BOE, sin valor oficial. La única versión auténtica es la del Boletín Oficial del Estado.

De conformidad con lo establecido en el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, modificado por el Real Decreto 665/2023, de 18 de julio de 2023, se somete a información pública, por un plazo de UN MES, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, durante el cual podrá comparecer por escrito cualquier persona, incluido el titular del derecho, que pueda resultar afectada por la extinción del mismo, en el Ayuntamiento de Vega de Espinareda o en la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. (Comisaría de Aguas, Rúa Progreso, 6, 32005, Ourense) o ante el registro de cualquier órgano administrativo y demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Expediente: A/24/04322/E

Asunto: Extinción del derecho al aprovechamiento de aguas

Titular: D. ª Myriam Jezabel Bermúdez García

Nombre del río o corriente: Rio Cúa

Caudal concedido: 0,85 l/s

Punto localización: Paraje El Pascón, Vega de Espinareda

Término municipal y provincia: Vega de Espinareda, León

Destino: Riego

Título: Resolución de la Confederación Hidrográfica del Norte

Fecha: 27 de noviembre de 2000

Registro de Aguas: Inscripción Nº 10091, en la Sección A, en el Tomo 0101, hoja número 091

Breve descripción: Extinción del derecho del aprovechamiento de aguas incoado de oficio por este Organismo de cuenca por transcurso del plazo de la concesión, en virtud de lo dispuesto en el artículo 164 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico. No constan servidumbres.

Ourense, 8 de octubre de 2026.- El Comisario Adjunto, Alberto de Anta Montero.

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (boe.es), datos abiertos.